comscore
Colombia

Corte Suprema deja en firme condena contra exdirector de la DNE Carlos Albornoz

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 239 meses de prisión contra el exdirector de la Dirección Nacional de Estupefacientes, Carlos Albornoz.

Corte Suprema deja en firme condena contra exdirector de la DNE Carlos Albornoz

Carlos Albornoz. // (Colprensa - Mauricio Alvarado)

Compartir

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 239 meses de prisión contra el exdirector de la extinta Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), Carlos Albornoz Guerrero, tras encontrarlo responsable de irregularidades en el manejo de bienes incautados al narcotráfico.

La decisión confirma la sentencia emitida en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá, luego de resolver el recurso de impugnación presentado por la defensa del exfuncionario.

¿Por qué fue condenado Carlos Albornoz?

De acuerdo con la investigación, Albornoz, con el apoyo de otros funcionarios y particulares, permitió la entrega de un inmueble decomisado al narcotráfico por un valor inferior a su precio real, lo que generó un perjuicio económico para el Estado superior a 1.500 millones de pesos.

Según estableció la Corte, la operación benefició a un amigo del exdirector de la DNE.

Los delitos por los que fue hallado responsable

La Sala de Casación Penal ratificó la condena por los delitos de:

  • Peculado por apropiación.
  • Fraude procesal.
  • Interés indebido en la celebración de contratos.
  • Obtención de documento público falso.

Aunque Albornoz había sido absuelto en primera instancia, el Tribunal Superior de Bogotá revocó esa decisión y lo condenó, fallo que ahora quedó en firme.

La Corte explicó cómo se cometieron las irregularidades

En la sentencia, la Corte concluyó que el exfuncionario tuvo un papel determinante durante todo el proceso que permitió concretar la operación irregular.

Según el alto tribunal, Albornoz “tuvo dominio del hecho desde cuando asumió consignar información falsa respecto del valor del bien, hasta que se consolidaron los registros de la dación en pago y la subsiguiente tradición de este a una tercera sociedad, en perjuicio del erario y en provecho propio y de terceros”.

La Sala también señaló que el detrimento patrimonial se produjo porque el predio denominado “Jesús del Río” fue entregado en dación en pago a la sociedad Capital & Business S.A., identificada como un tercero de buena fe titular del crédito, pero por un valor inferior al que realmente tenía el inmueble.

Con esta decisión, la Corte Suprema dejó en firme la condena impuesta contra el exdirector de la desaparecida Dirección Nacional de Estupefacientes por las irregularidades detectadas en la administración de bienes incautados al narcotráfico.

Siga las noticias de El Universal en Google Discover
Únete a nuestro canal de WhatsApp
Reciba noticias de EU en Google News