La cuenta regresiva para la declaración de renta de personas naturales ya comenzó en Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció que el calendario para presentar la declaración del año gravable 2025 se cumplirá entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026.
Además de verificar si existe la obligación de declarar, los contribuyentes pueden acceder a beneficios tributarios contemplados en la ley que permiten disminuir el impuesto a pagar, siempre que cumplan los requisitos y cuenten con los soportes correspondientes.
¿Quiénes deben declarar renta en 2026?
Para el año gravable 2025 deberán presentar declaración de renta las personas naturales que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
- Tener ingresos brutos superiores a $69.718.600.
- Contar con un patrimonio bruto superior a $224.095.500.
- Haber realizado compras o consumos por más de $69.718.600.
- Registrar consignaciones, depósitos o inversiones superiores a $69.718.600.
Los vencimientos dependerán de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), por lo que la DIAN recomienda preparar con anticipación la documentación necesaria.
Declaración de renta 2026: estos beneficios tributarios pueden ayudarle a pagar menos impuesto
El Estatuto Tributario contempla varias deducciones y beneficios que pueden disminuir la base gravable y, en consecuencia, el impuesto a cargo. De acuerdo con un análisis de la plataforma Siigo, estos son algunos de los principales mecanismos.
Deducción por dependientes
El artículo 387 del Estatuto Tributario permite deducir hasta el 10% de los ingresos brutos provenientes de una relación laboral o legal y reglamentaria, con un límite anual de $19.122.816 para quienes recibieron ingresos durante todo el año gravable 2025.
Este beneficio aplica para:
- Hijos menores de edad.
- Hijos estudiantes hasta los 23 años que dependan económicamente del contribuyente.
- Hijos con discapacidad.
- Padres.
- Cónyuge o compañero permanente.
Para acceder a esta deducción es indispensable conservar los documentos que acrediten la condición de dependiente.
Aportes voluntarios a pensión y cuentas AFC
Los artículos 55 y 126-4 del Estatuto Tributario establecen que los aportes voluntarios a fondos de pensiones y los depósitos en cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) pueden disminuir la base gravable del impuesto, siempre que se respeten los límites y condiciones previstos por la ley.
Estos mecanismos también pueden contribuir a la planificación financiera de largo plazo, ya sea para el retiro o para la adquisición de vivienda.
Pagos de medicina prepagada y pólizas de salud
El artículo 387 también autoriza la deducción de los pagos realizados por medicina prepagada y pólizas de salud dentro de los topes legales.
Este beneficio aplica para gastos del contribuyente, su cónyuge, hijos o dependientes autorizados y requiere los certificados expedidos por la entidad prestadora del servicio.
Documentos que conviene reunir antes de declarar
El experto en finanzas de la Escuela de Negocios de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz, Reinaldo Medina, recomienda tener disponibles, entre otros, los siguientes documentos:
- Certificado de ingresos y retenciones expedido por el empleador.
- Certificados de cuentas bancarias y demás productos financieros.
- Certificados de aportes a salud, pensión, fondos voluntarios y cuentas AFC.
- Soportes de compras de bienes de alto valor, como vehículos o inmuebles.
- Copia de la declaración de renta del año anterior, cuando exista.
Si el contribuyente aplicará deducciones por dependientes o por gastos en salud, también deberá conservar la documentación que respalde esos beneficios.
Asimismo, el experto aconseja revisar previamente la información reportada por bancos, empleadores y demás terceros ante la DIAN para verificar que coincida con los datos que se incluirán en la declaración.
¿Qué pasa si no presenta la declaración a tiempo?
No cumplir con los plazos establecidos puede generar sanciones económicas.
La extemporaneidad puede ocasionar una multa equivalente al 5 % mensual del impuesto a cargo, además de una sanción mínima cercana a los $524.000 para 2026. Si existe un saldo pendiente por pagar, también se generan intereses moratorios.
Recomendaciones antes de presentar la declaración
Para evitar inconvenientes, los expertos recomiendan:
- Verificar y actualizar el Registro Único Tributario (RUT).
- Conservar certificados y soportes desde el inicio del año.
- Utilizar las herramientas de la DIAN para verificar la obligación de declarar.
- Buscar asesoría de un contador cuando la situación tributaria sea compleja.
Una adecuada planeación y la organización de los documentos pueden facilitar el proceso y permitir que el contribuyente aproveche los beneficios tributarios previstos por la legislación colombiana.

