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Estos son los beneficios del servicio militar en Colombia en 2026

Quienes cumplen con este deber en 2026 tienen acceso a varias garantías que pueden ser clave incluso después de finalizar su servicio.

Estos son los beneficios del servicio militar en Colombia en 2026

Servicio militar en Colombia: el beneficio que impacta la pensión. // Foto: Colprensa.

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Prestar el servicio militar obligatorio en Colombia no solo implica cumplir con un deber establecido por la Constitución. La legislación también contempla una serie de beneficios para quienes ingresan a las Fuerzas Militares o a la Policía Nacional durante el tiempo de servicio.

Entre las garantías se encuentran la atención de necesidades básicas como alimentación, alojamiento, vestuario y salud. A esto se suman beneficios relacionados con formación, experiencia laboral, bonificaciones y el reconocimiento del tiempo servido para efectos pensionales.

Según las autoridades nacionales, el servicio militar “es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la fuerza pública”. Lea: El balance militar que Petro le entrega a De la Espriella: aeronaves, buques y más

La normativa también establece límites frente a la forma en que se puede realizar el reclutamiento. En ese sentido, “No se permitirá a la fuerza pública realizar detenciones, ni operativos sorpresa para aprehender a los colombianos que a ese momento no se hubieran presentado o prestado el servicio militar obligatorio”.

Beneficios del servicio militar en Colombia

Los ciudadanos que cumplen con el servicio militar obligatorio tienen acceso a diferentes garantías durante su permanencia. Entre las principales se encuentran:

Alimentación, alojamiento y vestuario: estos elementos hacen parte de la atención de las necesidades básicas durante el servicio.

  • Atención en salud: los conscriptos cuentan con cobertura de salud mientras cumplen con sus funciones.
  • Formación laboral: pueden acceder a procesos de formación laboral productiva mediante el SENA.
  • Experiencia laboral: el periodo de servicio militar puede ser reconocido como experiencia laboral y se entrega un documento equivalente a una certificación.
  • Dotación al momento del licenciamiento: al finalizar el servicio, reciben un salario mínimo legal vigente por concepto de dotación civil.
  • Bonificación para determinados cargos: quienes sean designados como dragoneantes en las Fuerzas Militares o brigadieres de la Policía Nacional reciben una bonificación mensual adicional.
Servicio militar en Colombia: el beneficio que impacta la pensión. // Foto: Colprensa.
Servicio militar en Colombia: el beneficio que impacta la pensión. // Foto: Colprensa.

Uno de los aspectos que más atención genera en 2026 es el valor de la bonificación mensual. De acuerdo con la información suministrada, los conscriptos reciben un salario mínimo mensual legal vigente, equivalente a $1.750.905, además del cubrimiento de alimentación, vestuario y salud.

¿El servicio militar cuenta para la pensión?

Otro de los puntos contemplados en la información suministrada está relacionado con las semanas necesarias para la pensión.

El tiempo durante el cual una persona presta el servicio militar se contabiliza y se acumula para las semanas cotizadas tanto en fondos de pensiones públicos como privados.

De esta manera, el periodo cumplido durante el servicio puede tener incidencia en la trayectoria pensional del ciudadano, de acuerdo con las condiciones establecidas por el sistema correspondiente.

Servicio militar en Colombia: el beneficio que impacta la pensión. // Foto: Colprensa.
Servicio militar en Colombia: el beneficio que impacta la pensión. // Foto: Colprensa.

¿Quiénes están exentos del servicio militar?

La legislación contempla diferentes situaciones en las que una persona puede estar exenta de prestar el servicio militar. Entre ellas están:

  • Hijos únicos.
  • Huérfanos responsables del sostenimiento de sus hermanos menores.
  • Hijos de padres mayores de 60 años o con discapacidad permanente que dependan económicamente de ellos.
  • Personas casadas o que acrediten una unión marital de hecho.
  • Padres de familia.
  • Personas con discapacidad permanente.
  • Integrantes de comunidades indígenas que conserven su identidad cultural.
  • Objetores de conciencia.
  • Víctimas del conflicto armado inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).
  • Personas protegidas por programas de protección a víctimas y testigos.
  • Desmovilizados de grupos armados, conforme a la ley.
  • Mujeres trans que hayan realizado la corrección del componente sexo en el registro civil.
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