La Plenaria de la Cámara de Representantes ha dado luz verde a un conjunto de 10 artículos vinculados a la transformación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Gestoras de Salud y Vida. Con el respaldo de 73 votos, esta decisión marca un hito significativo en la implementación de la polémica reforma de salud propuesta por el Gobierno Nacional, sumando un total de 112 propuestas aceptadas de las 143 que componen la iniciativa. Lea aquí: Los respaldos de la polémica pelea entre Petro y Pastrana
Uno de los aspectos más destacados es el artículo 53, considerado como uno de los puntos más controvertidos desde la concepción de la reforma. Este artículo otorga a las Entidades Gestoras de Salud y Vida el derecho a recibir pagos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de hasta un 5%, junto con un 8% por su gestión, una cifra limitada en comparación con el modelo anterior.
Por otro lado, el punto 49 detalla la naturaleza y funciones de las Gestoras, que pueden ser de índole privada, pública o mixta, con o sin ánimo de lucro, y deben ser habilitadas por la Superintendencia Nacional de Salud. Entre sus responsabilidades se destaca la coordinación con Centros de Atención Primaria (CAPS) y las direcciones de salud departamentales y distritales, así como la gestión del riesgo en salud.
En el marco de la transición, el artículo 125 asegura que ningún ciudadano colombiano quedará sin acceso al servicio de salud, con la Nueva EPS contribuyendo a la organización de la prestación de servicios de salud, respaldada por la capitalización gubernamental. Lea aquí: Calle y los Verdes podrán volver a la discusión de la reforma a la salud
Finalmente, los puntos 130 y 131 abordan aspectos cruciales relacionados con la UPC y los acuerdos de voluntades, que regirán la adscripción y operación de prestadores y proveedores en el nivel complementario de mediana y alta complejidad de las redes.
