Colombia


Los requisitos para el subsidio de nómina anunciado por el Gobierno

El Gobierno expidió la resolución que regula el subsidio de la nómina. ¿Cómo van a operar estos subsidios y qué empresas podrán acceder a ellos?.

COLPRENSA

21 de mayo de 2020 09:00 PM

Una de las mayores preocupaciones a nivel social y gubernamental es el alto riesgo en que se encuentra el empleo formal que, aunque no venía con los mejores indicadores desde hace varios meses, ha sufrido las consecuencias de los daños económicos que ha traído aparejado el coronavirus al país.

Con el fin de evitar una masacre laboral, el Gobierno Nacional dispuso en el marco de la segunda emergencia económica un programa de subsidio de nóminas con el que se espera contribuir a cubrir el 40 % del salario mínimo de los empleados de las empresas que demuestren pérdidas mayores al 20 %.

“Para ese subsidio, que se constituye en un apoyo empresarial, se requiere que la empresa pueda demostrar contable y financieramente que sus ingresos se han disminuido en más de un 20 %, comparando los mismos períodos temporales de 2019 con 2020”, señaló el constitucionalista Víctor Hugo Vallejo.

En los últimos días, el gobierno ha hecho énfasis en que a este subsidio pueden acceder personas naturales, jurídicas, empresas sin ánimo de lucro, uniones temporales y consorcios. Sin embargo, debe quedar claro que el subsidio aplica para salarios mínimos, es decir un monto de 351.000 pesos.

En el decreto expedido para este fin, el gobierno especifica que las empresas deben haberse constituido antes del 1 de enero del año en curso. De igual modo, se pide demostrar el cumplimiento de una inscripción al registro mercantil y un producto de depósito en el sistema financiero.

Sin embargo, para aquellas empresas que no tengan una inscripción el registro mercantil se permite la demostración de una copia del Registro Único Tributario.

En el caso de las personas naturales, bastará la fecha de inscripción en el Registro Mercantil. Sin embargo, no se podrán presentar menos de tres empleados en la Plantilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en lo concerniente al período de cotización de febrero.

“Para efectos de la verificación de la identidad y calidad de quienes suscriban los documentos, las Cámaras de Comercio deberán permitir a la UGPP y a las entidades financieras la interoperabilidad y el acceso a los sistemas de información que contienen estos datos”, señala el Decreto 677.

Vallejo añadió que otro punto esencial es “que se mantenga el contrato laboral vigente de todos sus empleados; además, la empresa deberá estar legalmente al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales con los trabajadores”.

Las empresas que deseen acceder a este subsidio deberán presentar ante la entidad financiera en la que tengan su producto de depósito una solicitud firmada por el representante legal o por la persona natural empleadora, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del programa de apoyo al empleo formal.

De igual modo, se deberá presentar una certificación firmada por el representante legal o persona empleadora y el revisor fiscal (o contador público) para demostrar que hubo una disminución de ingresos de por lo menos el 20 %, además de una evidencia de que los empleados recibieron su salario el mes anterior.

“El acto de postularse implica la aceptación, por parte del beneficiario, de las condiciones bajo las cuales se otorga el aporte estatal de que trata este Decreto Legislativo. La simple postulación no implica el derecho a recibir el aporte estatal del PAEF”, indica el decreto.

Si la empresa cuenta con productos de depósito en más de una entidad financiera, simplemente se deberá seleccionar una de ellas y seguir allí todo el proceso.

Cabe recordar que el subsidio se otorgará en los meses de mayo, junio y julio. Hasta el 29 de mayo están abiertas las postulaciones para el mes de mayo. Desde el 1 hasta el 17 de junio para el aporte de junio. Y a partir del 1 hasta el 16 de julio para el aporte de ese mes.

El pasado miércoles, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, anunció, en un conversatorio virtual con empresarios de la Cámara de Comercio Colombio Americana, AmCham Colombia, que el primer giro de subsidio a la nómina deberá estar listo para antes del mes de junio.

Añadió que el Gobierno Nacional “tiene toda la voluntad de sustituir al sistema financiero en términos de la toma de riesgos; hemos puesto en el balance del sector público, a través de las líneas de crédito garantizadas por el FNG, un riesgo que en tiempos normales no se hubiera puesto”.

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