Colombia


MinTransporte responde al anuncio de salida de Uber el próximo 31 de enero

El Ministerio enfatizó en que en Colombia “está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado”.

COLPRENSA

10 de enero de 2020 06:38 PM

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte hizo énfasis este viernes en que en Colombia “está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado”. Esto, como respuesta al anuncio de Uber de que prestará su servicio hasta el 31 de enero en el país.

(Puede leer: ¡Adiós a Uber! La compañía operará en Colombia hasta el 31 de enero)

“En Colombia existe neutralidad de la red establecido por la Ley 1450 de 2011. Para prestar un servicio de transporte de pasajeros existe una normatividad que exige procesos de habilitación soportados en las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996. Estas leyes exigen que el Estado habilite tanto a las empresas como los vehículos para que puedan prestar el servicio público de transporte. Está prohibido prestar el servicio público de transporte en un vehículo privado”, manifestó el Mintransporte, poco después del anuncio de Uber.

“La utilización de plataformas tecnológicas para la prestación del servicio de transporte en la modalidad Individual de pasajeros en vehículos taxi están reguladas por Gobierno nacional en el Decreto 1079 de 2015 y por el Ministerio de Transporte, de modo tal que el empleo de las mismas por parte de las empresas habilitadas para la prestación del servicio, requiere previa habilitación por parte del Ministerio. En la actualidad hay alrededor de 24 plataformas habilitadas para el efecto”, añadieron desde la cartera de Transporte.

Mediante un mensaje oficial publicado en la tarde de este viernes, Uber anunció que su servicio en Colombia solo se prestará hasta el próximo 31 de enero. Esto, en cumplimiento a la decisión de un juez a través de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que en un fallo dijo que Uber incurrió en competencia desleal.

“En cumplimiento al sorpresivo fallo producido por la SIC el pasado 20 de diciembre, a partir de las 00:00 del 1 febrero de 2020 Uber dejará de funcionar en Colombia”.

Uber hizo hincapié en su comunicado que pese a que acata la decisión, considera que esta es arbitraria, “pues va en contra del ordenamiento jurídico colombiano, violando el debido proceso y derechos constitucionales. Por esta razón, apeló inmediatamente a este fallo y está utilizando todos los recursos legales para defender el derechos de dos millones de usuarios para elegir cómo se mueven por las ciudades y la oportunidad de 88.000 socios conductores registrados en la aplicación de generar ganancias adicionales para el sustento de sus familias”.

La compañía aseguró que respeta la ley, pero hizo referencia a la falta de regulación en el uso de aplicaciones digitales de esta naturaleza en el país.

“Uber respeta la ley y decisiones emitidas por las autoridades. Sin embargo, decisiones como esta responden también a la ausencia de una reglamentación del servicio de movilidad colaborativa a través de la plataforma tecnológica en Colombia”.

Finalmente, Uber lamentó su salida del país después de haber llegado en 2013 y sentenció que “Hoy, seis años después, Cololmbia es el primer país del continente en cerrarle las puertas a la tecnología.

La decisión de la SIC

La decisión de la Superintendencia fue tomada en respuesta a una demanda presentada por Cotech S.A., la empresa que administra la plataforma de Taxis Libres, en la que se aseguraba que UBER incurrió en actos de competencia desleal por violación de las normas que regulan el servicio de transporte y desviación de la clientela.

La Superintendencia confirmó que UBER sí está prestando el servicio de transporte en Colombia al poner a disposición de los usuarios el servicio a través de la plataforma.

Esto, afirmó la entidad, “viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa en el mercado, y genera desviación de la clientela de COTECH S.A”.

La orden de suspender el servicio incluye otras modalidades de Uber como Uber X y Uber Van, en todo el territorio Colombiano.

La entidad explicó que los efectos de la decisión son de inmediato cumplimiento, aunque contra ella procede el recurso de apelación ante la sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.

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