Así como lo había mencionado durante su campaña, el presidente electo Gustavo Petro confirmó que durante su gobierno no se realizará la exploración petrolera mediante la técnica conocida como fracking.
Además, la ministra de Ambiente escogida por Petro para su gobierno, Susana Muhamad, hace unos días señaló que se tenía el objetivo de cerrar esta práctica para comenzar un proceso de transición energética.
Este jueves Gustavo Petro escribió en sus redes sociales que “no habrá fracking en Colombia”, en un mensaje en el que le respondió un tuit al economista Jorge Restrepo, quien señaló que la subida del dólar en Colombia se estaba presentando por la designación de la ministra de medio ambiente.
“No debe sorprender una nueva devaluación del peso colombiano hoy: el impulso de ayer pudo venir de las declaraciones de la designada ministra de medio ambiente de Colombia sobre que buscamos el cierre del fracking”, manifestó Restrepo.
Otra de las personas en criticar esta medida fue el excandidato presidencial Enrique Peñalosa, quien mencionó que esto significa que “se dejarán dólares de petróleo bajo tierra, que jóvenes colombianos tendrán menos oportunidades, que habrá menos obras públicas”.
“Hermano, el problema no es cuantos dólares quedan bajo tierra si no se hace fracking, sino cuántas vidas se pierden encima de la tierra, si se hace”, fue la respuesta de Petro a Peñalosa.
Consejo de Estado niega demanda sobre fracking
El pronunciamiento de Petro se da horas después de conocerse la decisión del Consejo de Estado de rechazar una demanda que perseguía anular las normas técnicas del fracking en Colombia.
“El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que pretendía la nulidad de las normas que establecieron los criterios, procedimientos y requerimientos técnicos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, incluyendo la técnica de estimulación o fracturamiento hidráulico, conocida comúnmente como fracking”, argumentó el alto tribunal.
El demandante en su recurso pidió a esa corporación dejar sin piso el Decreto 3004 de 2013 y de la Resolución 90341 de 2014, al argumentar que estos mandatos representan un riesgo para los recursos naturales, la salud humana y animal, además de violar el principio de precaución.
Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que en su pretensión el demandante no argumentó con suficiencia que las normas acusadas “sean contrarias, ajenas o irrazonables de cara al conocimiento científico o de la disciplina correspondiente. Tampoco probó que sus reglas sean arbitrarias, inadecuadas o irrazonables para mitigar los riesgos de la actividad regulada”.
En la providencia se estableció que tanto el decreto como la resolución objeto de la demanda no “no crean, autorizan, avalan o permiten el fracking”, sino que “actualización de la reglamentación técnica que ya existía de una actividad que no está prohibida”.
La decisión promulgada tuvo mayoría en la Sala. Cinco consejeros respaldaron la providencia, mientras que tres de ellos salvaron su voto. Los ponentes fueron los magistrados Ramiro Pazos y Jaime Rodríguez.
