Colombia


Quedó en libertad ‘Doña Sonia’, mano derecha de ‘Jorge 40’

COLPRENSA

15 de enero de 2013 12:01 AM

La exparamilitar Neyla Alfredina Soto Ruiz, alias ‘Doña Sonia’, mano derecha de Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’ del Bloque Norte de las Auc, fue dejada en libertad por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Santa Marta.
Soto, conocida también como ‘La Paraca’, y quien el próximo 30 de mayo cumplirá 67 años, fue absuelta de los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado y extorsión agravada.
El despacho judicial, en un voluminoso fallo de 52 folios, se abstuvo de juzgar a la procesada por el delito de concierto para delinquir.
Para quedar en libertad alias ‘Doña Sonia’ tuvo que pagar una fianza de 2 millones 833 mil 500 pesos, lo equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales y suscribir un acta de compromiso.
La sentencia que le fue favorable a Neyla Soto, le fue notificada en la cárcel ‘Rodrigo de Bastidas’ el pasado 21 de febrero, pero la información solo transcendió en el día de ayer.
LOS ACONTECIMIENTOS
Los hechos por los cuales la exparamilitar fue exonerada de pena, sucedieron en la tarde del 5 de junio de 2002, en la vereda Canoa, en jurisdicción de Pivijay.
En esa fecha Nicolás Manuel Palma Herazo, alias ‘Alfredo’ llegó a la finca La Isla, propiedad de Manuel Antonio Suárez Ramírez, con el pretexto de buscar un ganado que supuestamente estaba extraviado.
Por esa razón Suárez tuvo que ordenar a sus trabajadores que encerraran las reses en el corral y le dijo a su mujer que le buscara una cuerda, con la cual procedieron amarrarlo y lo condujeron al patio de la casa y de varios tiros lo mató alias ‘Alfredo’, según se narra en el expediente.
Luego se apoderaron de su ganado y después regresaron a la finca, cuando no había nadie y destruyeron la casa de madera y se apoderaron de un transformador de energía para trasladarlo a la finca El Silencio, propiedad de de Omar Montero Martínez, alias ‘Codazzi’, Comandante de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Ese mismo día, de manera simultánea, ocurrió lo mismo en la finca La Televisión, de Marcos Fidel Suárez Parra, a la que llegaron con igual pretexto otros uniformados de las Autodefensas y, cuando se disponían llevarse el ganado; 306 reses, más caballos y yeguas, aquel manifestó que era mejor que lo mataran, lo que hizo alias ‘Condorito’. El cadáver luego fue pisoteado por el ganado.
LA ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA
La Fiscalía Quinta Especializada de Santa Marta en resolución del 13 de julio de 2009, acusó a Neyla Alfredina Soto Ruiz, como autora y coautora de homicidio agravado, hurto calificado agravado, daño en bien ajeno, extorsión agravada y concierto para delinquir agravado, por denuncia presentada por Martín Manuel Suárez Parra, quien señaló como responsable de la muerte de su padre Manuel Antonio Suárez Ramírez y hermano Marcos Fidel Suárez Parra, a alias ‘Codazzi’ y alias ‘Sonia’.
La Fiscalía para la acusación se fundamentó en la declaración de Medardo Suárez, quien sindicó a alias ‘Alfredo’ y ‘Condorito’, como los autores de los dos asesinatos.
Posteriormente, Medardo Suárez, se retracta, pero la Fiscalía no otorga credibilidad al último testimonio, porque considera que hubo amenazas, presión o soborno, para que declarara a favor de alias ‘Sonia’.
Se descubrió en la investigación que a Medardo Suárez le enviaron siete millones de pesos cfon una promesa de venta a nombre del señor llamado Nicolás, quien venía en nombre de ‘Sonia’.
En el expediente también están otras versiones en donde una mujer declara a favor de la procesada, a lo que la Fiscalía determina que lo hace por su situación de pobreza y no por el pleno convencimiento.
La Fiscalía también estudió la escritura número 160 del 17 de octubre de 2003 suscrita en la Notaría Única del municipio de Chivolo, que registra la venta de 83 hectáreas de las finca La Televisión, en donde hubo participación de la acusada.
“Era esa la manera de obrar de las Autodefensas, despojaban de las tierras a los campesinos o pequeños ganaderos, para luego fijarle precios al predio que les interesaba, fue esto lo acaecido a las víctimas de esta causa”, según el concepto del ente acusador.
También señala la Fiscalía que a las victimas las asesinaron en sus fincas, de las que tomó posesión en principio alias ‘Codazzi’, luego Neyla Soto y finalmente el hijo de esta de nombre Enoc.
También se analizaron las razones que tuvo Medardo Rafael para declarar el 20 de septiembre de 2006 en la Notaría Segunda de Barranquilla, que voluntariamente vendió los derechos herenciales y acciones que tuviera sobre la Finca La Televisión a Enoc.
“Le produce un gran interrogante a la Fiscalía el por qué se apodera ‘Codazzi’ de la finca La Isla y ‘Sonia’ de la finca La Televisión”, se indica en el proceso.
La Fiscalía presentó como indicio de responsabilidad en contra de la procesada, el hecho que ‘Jorge 40’ admitiera el apoderamiento de reses de las víctimas y confirmara este que alias ‘Sonia’ hacía parte de las Autodefensas.
En el caso concreto de ‘Sonia’, todas las situaciones plasmadas establecen claramente su participación en los hechos que originaron la investigación, de acuerdo con el concepto del Fiscal Especializado.
A la procesada no se le endilgó el punible de daño en bien ajeno, pero si le acusó de homicidio, extorsión y concierto para delinquir agravados.
LA PARTE CIVIL
En el juicio el representante de la parte civil, apoderado de las víctimas, solicitó condena para la procesada, a la vez que coadyuvó a la Fiscalía.
Dijo que no existe duda que Neyla Soto tuvo participación directa en los hechos. Insistió que ‘Doña Sonia’ lideró el grupo armado que cometió los asesinatos y se apoderó de los semovientes.
Solicitó condena para la procesada y que se ordene la restitución de la finca que ocupa Nicolás Enot Paternina Soto.
EXPOSICIÓN DEL DEFENSOR
Por su parte el abogado de la defensa señala que el proceso está basado en suposiciones y que los testimonios en contra de la procesada están carentes de sustento.
No está demostrado que la acusada haya ordenado la muerte de las víctimas, según lo señalado por la defensa.
Sostuvo que la procesada jamás poseyó el inmueble, como sostuvo la Fiscalía y que por lo tanto se debe poferir un fallo absolutorio.
CONSIDERACIONES DEL JUZGADO
El juzgado para emitir el fallo analizó lo expuesto por la Fiscalía y los testimonios en contra de la acusada.
El despacho judicial trajo a colación el testimonio de Medardo Rafael Suárez Molinares, quien es testigo directo, cuando el abogado de la defensa le preguntó “díganos si conoce usted a la señora Neyla Alfredina Soto Ruiz”, contestó: “no la conozco”.
“No entiende este despacho por qué del afán de la Fiscalía en demostrar hechos que no son tema de la prueba frente al delito de homicidio agravado, que es lo que ocupa nuestro estudio y es que el Juzgado se pregunta qué certeza ofrece demostrar que los familiares fueron presionados a vender, si obra en el expediente prueba conducente que demuestra que vendieron por voluntad propia, libre de presiones”, señala el juzgado en el fallo.
El despacho critica a la Fiscalía y dijo que faltó demostrar que la acusada se reunió con los presuntos asesinos.
“Y es que la Fiscalía no puede pretender solamente a base de indicios, para derivar el surgimiento de la empresa criminal en torno a estos homicidios”, se indica en el fallo absolutorio.
Sostuvo el juzgado que en el proceso lo que surgen son dudas que desploman el juicio de coautoría.
“Tenemos entonces, que para que se configure el hurto debe concurrir los elementos básicos del tipo: un apoderamiento, que sea sobre cosa mueble ajena, con la intención de sacar de ello provecho económico para sí, o para un tercero”, sostuvo el juzgado en la sentencia.
Sobre la extorsión el despacho consideró que no se estableció que la procesada ejerciera fuerza o presión contra las víctimas.
“Concluye entonces el juzgado que habrá de absolver a la encartada de las conductas de las que la acusó el ente Fiscal”, se explica en la providencia.
También se indica que está demostrado que la procesada no ejerce el dominio sobre los fundos La Televisión y La Isla.
“Tampoco se acreditó que posee el ganado mayor y menor que supuestamente fueron sacados de las fincas momentos después de los asesinatos”, sostuvo el juzgado.

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