Las metas de recuperación de cartera morosa del Distrito en Impuesto Predial están definidas. La Secretaría de Hacienda le apuesta a recuperar, al menos, $218 mil millones por ese concepto, de una abultada cartera. (Lea aquí: ¿En qué se invierte lo recaudado con el impuesto predial en Cartagena?).
Aunque en este primer semestre hubo ‘zanahoria’ por parte del Distrito para pagar las obligaciones de la presente vigencia (2023), con descuentos por pronto pago para predios residenciales y no residenciales; y adicionalmente hasta el 30 de junio estará vigente un descuento del 50% de reducción de la tasa de interés moratoria, por pagos de la vigencia 2022 y anteriores de todos los tributos distritales, la Oficina de Cobro Coactivo, de la Secretaría de Hacienda, ha emitido 16 mil embargos, a igual número de contribuyentes morosos con el Impuesto Predial, correspondientes al periodo entre 2018 y 2022.
Ante los reclamos de algunos contribuyentes por los embargos, la Secretaría de Hacienda del Distrito le pide a los contribuyentes tener en cuenta lo siguiente:
- Si fue embargado y es propietario del inmueble: Consulte su estado de cuenta en el enlace http://servicios.cartagena.gov.co/impuestos/generarFactura.jsp y realice el pago en línea en la página https://hacienda.cartagena.gov.co/ o en bancos autorizados. No entregue dinero a funcionarios por fuera de las cajas bancarias.
Si se le ha debitado dinero de su nómina o productos bancarios, presente en Atención al Contribuyente (Plazoleta El Joe) o a través de la página web mencionada una carta autorizando a la Secretaría de Hacienda de Cartagena para aplicar los descuentos a su obligación pendiente; de lo contrario, el recurso tomado de su cuenta bancaria solo podrá ser devuelto al finalizar todas las etapas del proceso de cobro coactivo. Si se le hubiese debitado un saldo superior a la deuda revisada solicite la devolución del dinero extra en el mismo documento, indicando el motivo.
Una vez completado estos pasos, según sea la eventualidad, podrá radicar su solicitud de desembargo en el primer piso de la Oficina de Dirección de Impuestos, en la Plazoleta El Joe, o a través de la página web. Debe aportar una copia de su cédula de ciudadanía, los recibos de pago, la carta de autorización o de devolución.
- Si fue embargado y no es propietario del inmueble: Ante que nada tenga en cuenta que la Administración Distrital no participa en el proceso de compra y registro de inmuebles. Es responsabilidad del contribuyente y de la autoridad competente, en este caso Go Catastral, informar a la Dirección de Impuestos de Cartagena sobre el cambio de propietario.
Surtido el paso anterior, radique la solicitud de desembargo en el primer piso de la Oficina de Dirección de Impuestos, en la Plazoleta El Joe, o a través de la página web, indicando el cambio de propietario.
Recomendaciones generales
Antes de presentar su solicitud de desembargo, verifique si la medida cautelar fue ordenada por la Oficina de Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda de Cartagena. Si su deuda es con otro organismo, tramítelo directamente con el ordenador del embargo.
Una vez realizada la solicitud de desembargo, vaya al segundo piso del antiguo edificio de las Empresas Públicas (Atención al Contribuyente) con el número del radicado. Allí se le entregará el levantamiento de la medida cautelar dirigido a los bancos.
Tenga en cuenta, que los bienes del deudor serán desembargados con la radicación de la solicitud. Este proceso coactivo, según el Estatuto Tributario, no tiene un plazo definido, pero se dará prioridad a su petición. (Lea aquí: “Si pagas de más, esa plata no se pierde”: Dau sobre el impuesto predial).
El Universal conoció quejas de varios contribuyentes a los que se le adelantaron acciones de embargo sobre predios que ya no les pertenecían. Uno de esos casos es el de una sociedad a la que le notificaron el embargo de sus cuentas de ahorro y corriente y al averiguar el motivo del proceso se constata que es un proceso ejecutivo por el no pago del impuesto Predial de dos bienes. Los predios habían sido vendidos en 2014 y registrados en Instrumentos Públicos, por lo cual el representante legal de esa sociedad solicitó, en una misiva a la Secretaria de Hacienda, Diana Villalba, “el desembargo de las cuentas”.
A los contribuyentes que tengan casos iguales a este se les recomienda seguir las indicaciones de la Secretaría de Hacienda, antes descritas.

