El Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, que declaró la Emergencia Económica por el terremoto del pasado 10 de agosto, creó el mecanismo de Obras por Impuesto para la Reconstrucción. La iniciativa tiene claras diferencias frente al mecanismo ordinario vigente desde 2017, amplía su cobertura, tiene plazos determinados y fija claramente qué tipo de obras se pueden financiar bajo ese esquema.
Para entender los alcances de ese mecanismo, El Universal consultó al experto tributarista Jaime Enrique Gómez García, socio de la firma especialista en soluciones legales, Posse Herrera Ruiz, para entender los alcances del mecanismo, cómo opera y sus diferencias frente al mecanismo ordinario de Obras por Impuestos.(Lea aquí: Conozca cuántos empleos genera, en promedio, cada apertura de una tienda D1).
“Obras por Impuestos es un mecanismo que permite el pago de obligaciones tributarias en especie. Eso permite desarrollar obras que son necesarias para ciertos municipios sin toda la burocracia asociada a la contratación pública. Esta figura está creada desde 2016 y vigente desde 2017 y se amplió recientemente en el marco de la Emergencia Económica que motivó el terremoto”, dijo Gómez García.
Las regiones que tuvieron afectaciones con el terremoto del 10 de agosto de 2026, en Colombia, son: Valle del Cauca, Cauca, Chocó, Risaralda, Quindío, Antioquia, Caldas, Santander, Caquetá, Tolima, Huila, Cundinamarca, Bolívar, Sucre, Nariño y Norte de Santander.
Diferencias entre los dos mecanismos
Agregó que “con la Emergencia Económica se buscó ampliar la cobertura del mecanismo y corregir ciertas falencias de Obras por Impuestos. Tenemos dos tipos de mecanismos: uno, es el mecanismo ordinario de Obras por Impuestos; y dos, el mecanismo de Obras por Impuestos para la Reconstrucción. Este último fue el que se creó con el Decreto de Emergencia Económica. En su estructura tienen conceptos bastantes diferentes uno del otro.
Algunas diferencias de ellas son:
- El régimen ordinario tiene una cobertura territorial limitada, es decir, solamente opera en municipios que están marcados como Zomac (Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado) o que estén dentro de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). Lo que trajo el mecanismo Obras por Impuestos para la Reconstrucción es que amplía la cobertura territorial hacia cualquier municipio (sea Zomac o PDET) siempre y cuando esté dentro del territorio afectado por el terremoto. Adicionalmente, el decreto para la reconstrucción establece unas líneas de reconstrucción y permite que las obras se desarrollen en el marco de esas líneas de reconstrucción: la vivienda (VIS y VIP), temas de educación, temas de salud, agua potable y saneamiento básico, energía infraestructura vial y de transporte, telecomunicaciones, bienes públicos rurales e infraestructura productiva, deportes y gestión del riesgo, y limita la posibilidad de que se financie la reconstrucción de activos con uso predominantemente particular.
- Bajo el mecanismo ordinario tenemos cortes rígidos del Banco de Proyectos y demoras en la viabilización. Con la emergencia se suponen calendarios propios, crean un banco de proyectos propios, con calendario propio, y cortes diferentes a los ordinarios, porque en estos los proyectos deben presentarse durante los tres primeros meses del año. Adicionalmente, porque hay urgencia, establece un plazo que una vez presentado el proyecto se tiene que definir la viabilidad dentro de 15 días”.
Como todos los mecanismos que se adoptan por la emergencia económica, su durabilidad está medida por el tiempo que demore la emergencia, en este caso hasta el año 2027, pues se puede extender hasta 6 meses o hasta el final del cierre fiscal cuando tiene efectos tributarios como este. Si se quisiese hacerlo permanente, se tendría que tramitar un proyecto de ley en el Congreso. La medida tiene un enfoque eminentemente temporal: atender la emergencia, señaló el experto de Posse Herrera Ruiz.
El trámite de los proyectos
El manual debe incluir toda la parte logística para inscribir los proyectos, pero no estaba disponible aún cuando se realizó la entrevista con Gómez García. Una vez el Banco de proyectos esté implementado, a través de ese banco se harán las solicitudes formales para su valorización técnica.
Límites del porcentaje del impuesto
Hay un límite para pagar el impuesto por la obra seleccionada: el 50% del impuesto a cargo, con una consideración especial y es que el Impuesto de Renta de 2026 se presenta en 2027, porque es año vencido, pero se permite que si se hace la obra en lo que queda del año 2026, se puede hacer un anticipo a lo que se va a pagar el año entrante, pero ese anticipo lo deben calcular sobre el último impuesto pagado. Si por cualquier circunstancia ese anticipo es mayor a lo que se va a pagar este año, la norma permite llevar hasta el 50% el año entrante. Cualquier exceso se puede imputar a periodos siguientes, precisó.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden participar del mecanismo de Obras por Impuestos para la Reconstrucción personas naturales y jurídicas, sin embargo tienen que tener unas características: primero, tienen que ser contribuyentes del Impuesto sobre la Renta. Segundo, tienen que tener ingresos anuales por 33.610 UVT ( Unidad de Valor Tributario, medida de valor que usa la DIAN en Colombia para calcular impuestos), equivalente a más de 1.760 millones de pesos, con una característica especial para las personas naturales: para poder aplicar a esta opción tienen que ser comerciantes y llevar contabilidad. El decreto creó un Banco de Proyectos en el cual se analizan los proyectos y es administrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. A ese banco se presenta la solicitud específica y tiene un lapso de 15 días para evaluar la viabilidad o no de ese proyecto en función de las necesidades y características del lugar donde se desarrolle el proyecto. Hasta el pasado 13 de octubre no había proyectos inscritos en el Banco de Proyectos, porque todavía se estaba a la espera de que se emitiera un Manual Operativo que fije las condiciones para la selección de esos proyectos.(Lea aquí: Salario mínimo 2027: Fenalco volverá a la mesa de concertación y anticipó el incremento).