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Columna

Ramelli y la politización del presupuesto de la JEP: ¿un distractor?

La pregunta debe ser técnica: ¿qué recursos requiere la JEP para sus funciones pendientes y qué gastos pueden racionalizarse?

Juan Francisco Navarrete R.

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El debate sobre el presupuesto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se está llevando al terreno político, cuando debería partir de una discusión elemental: cuánto necesita para cumplir sus funciones y cómo demuestra que los recursos solicitados son indispensables.

La JEP advierte que los recortes para 2027 comprometerían su funcionamiento. Su presidente, Alejandro Ramelli —con declaraciones desafortunadas al justificar sus resultados— sostiene que reducir fondos perjudicaría las audiencias, los desplazamientos y la protección de víctimas, testigos y comparecientes. Su postura merece examen, pero la autonomía de la jurisdicción no convierte su solicitud en una obligación para el Estado.

La Ley Estatutaria 1957 de 2019 le reconoce autonomía administrativa, presupuestal y técnica. Sin embargo, esto no implica ausencia de control. Su presupuesto integra el Presupuesto General de la Nación, se rige por reglas del gasto público y debe discutirse según disponibilidades y prioridades fiscales. Reducir el asunto a una confrontación entre Gobierno y justicia transicional empobrece el debate.

La pregunta debe ser técnica: ¿qué recursos requiere la JEP para sus funciones pendientes y qué gastos pueden racionalizarse? Aunque afirma haber presentado una justificación técnicoeconómica para 2027, corresponde al Estado examinarla. No basta señalar cuánto solicitó: hay que determinar para qué requiere cada peso, qué resultados aportará y qué alternativas de eficiencia existen.

Ahí radica el verdadero “quid” del asunto: los resultados. Concebida como una jurisdicción transitoria, el escrutinio sobre recursos, estructura y resultados debe ser mayor a medida que avanza su vigencia. Este análisis no se limita al número de sentencias, máxime cuando muchas no corresponden al núcleo de su función. Pese a la complejidad procesal, sus resultados frente a los objetivos iniciales son susceptibles de crítica: persisten estructuras ilegales y miles de víctimas reclaman verdad, justicia y reparación. La estructura compleja no mide el éxito; la clave es si los resultados justifican una justicia extraordinaria.

Esta discusión permite mirar además la crisis de la justicia ordinaria. Mientras se debaten recursos cuantiosos para la transicional, miles de procesos penales, civiles, laborales y de familia son atendidos por jueces sobrecargados, con congestión e insuficiencia técnica. Es esa justicia la que garantiza cotidianamente el debido proceso de millones de colombianos.

Por ello, es legítimo que el Congreso examine las necesidades presupuestales con visión integral. Trasladar o pedir mayores recursos exige justificación técnica. Existe también una discusión sobre el modelo transicional: su legitimidad depende de traducir su arquitectura en sometimiento, desmovilización y resultados verificables. Si no se alcanzan, evaluar la continuidad y estructura del modelo no puede satanizarse. El discurso defensivo de su estabilidad —con un régimen salarial de magistrados equiparable o superior al de altas cortes— plantea una duda de fondo: ¿Colombia debe seguir acudiendo a modelos extraordinarios o fortalecer la justicia ordinaria, con instrumentos premiales condicionados? Si la discusión se aborda desde resultados y eficiencia, la justicia transicional debe someterse a este examen. La JEP debe explicar por qué su estructura y recursos siguen siendo necesarios bajo restricciones fiscales. Centrar el debate en una batalla entre defensores y contradictores del Acuerdo de Paz es un distractor; se trata de evaluar los resultados de la entidad y verificar si justifican los fondos demandados.

El presupuesto no se debate para asfixiar a la JEP, sino para determinar su dimensión frente a la realidad fiscal. Corresponde al Congreso hacer esta ponderación. La independencia judicial protege al juez frente a interferencias en sus decisiones. No elimina el deber de explicar cómo se administran los recursos públicos. Ese debería ser el centro de la discusión.

Antes de convertir un ajuste presupuestal en crisis institucional, conviene revisar las cifras: cuánto cuesta la JEP, qué obligaciones tiene pendientes, qué resultados entregó, cuánto requiere para culminarlas y qué gastos puede optimizar. Y hacer el mismo ejercicio con la justicia ordinaria, la cenicienta del Estado. En recursos limitados, el debate no consiste en qué institución reclama con más intensidad, sino en establecer dónde cada peso público produce una justicia más eficaz y garantiza mejor los derechos de los ciudadanos.

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