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Luego de que en la Sentencia SC 408 del 3 de septiembre del 2019 la Corte Constitucional se inhibiera para fallar la inconstitucionalidad de la Ley 62 de 1937, porque ante la ausencia de objeto ella no existe; pasados 2 años su no inclusión en la ley de descartes avivó los negocios de Edurbe con bienes de uso público, y el valor potencial de las escrituraciones, derechos adquiridos y demás pretensiones.

La Procuraduría, demandante de la ley, y doliente de la indefinición y ocupaciones, para abordar el tema convocó al alcalde que además preside esa entidad, al Distrito, los directores de Cardique y el EPA, el capitán de Puerto, el gerente de Edurbe, los curadores y dada la convalecencia posibilitó mi participación virtual.

Luego de la diáfana intervención de los procuradores Mayelis Chamorro y Héctor Mattar sobre la inexistencia de la ley preguntaron cuál era la posición del Distrito ante la sentencia y, entre otras, se quejaron de la obligación histórica incumplida por Edurbe de informar cuántos “lotes” en zona de bajamar tiene hoy escriturados para venta. ¿Cuáles y cuántos antes y con posterioridad a la sentencia? ¿Cuál el destino de los dineros recibidos? Pensé en uno de los lotes escriturados a Edurbe el 12 de septiembre de 2019, 8 días después de la sentencia.

El alcalde Dau trazó la raya: en 2020 dio la orden de que no se efectuaran ventas ni se escriturara ningún lote más y, sobre todo, dejó claro que es “consciente que esto de la ley 62 del 37 es algo que hay que echarlo atrás y tomar muchas decisiones jurídicas. Si la Corte no interpretó a partir de cuándo, entonces nos va a tocar a nosotros decidir a partir de qué fecha lo vamos a hacer efectivo (...) “Para poder cortar el nudo, espero que todas las entidades estén de acuerdo a la interpretación”.

Dio la palabra a la funcionaria Maria Eugenia García, quien aclaró que esa entidad fue creada en 1981 para justificar la apropiación de los bienes de uso público, su venta y legalización, lo que llegó a su fin. “Los que estamos aquí alcalde, sabemos que Edurbe, como parte de su objeto social tiene ese quehacer y es importante que en un gobierno decente, no puede contener los aspectos que autorizaba esa Ley”.

Se abrió paso la modificación del objeto social de la empresa, la identificación de los inmuebles, el conocimiento de toda la enajenación y tradición, el estudio mayor y, -fundamental y evidente-, “que desde la jurídica de Edurbe tomen decisiones que acaten la decisión de la Corte, aunque desde esta administración esa orden está acatada”.

Estuvieron de acuerdo Cardique, EPA, también Capitanía que debe definir si considera vigente o no la ley 62 del 37, ya que es el soporte de su concepto 15202104108 del 06/08/2021 que en el Cabrero privatizó en favor de Edurbe y Eléctrica SAS la zona de bajamar.

*Abogado ambientalista y comunicador.

“¿Cuáles y cuántos antes y con posterioridad a la sentencia? ¿Cuál el destino de los dineros recibidos? Pensé en uno de los lotes...”.

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