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Editorial

La Vida de Barrio de Getsemaní

“Cartagena debe entender la dimensión de este momento. Lo que está en juego en Getsemaní no es solo la protección de un barrio emblemático, sino la posibilidad de demostrar que el patrimonio puede ser gestionado con la gente en el centro”.

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Con la expedición de la Resolución DM N° 0350 del 5 de junio de 2026, el Ministerio de las Culturas dio un paso de enorme importancia para Cartagena: la Vida de Barrio de Getsemaní fue incluida en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación y quedó aprobado su Plan Especial de Salvaguardia.

No es un trámite menor ni tampoco una simple distinción honorífica. Esta resolución reconoce oficialmente que en Getsemaní existe un patrimonio vivo que no se limita a sus calles, plazas o inmuebles, sino que se expresa en las formas de vecindad, en la memoria compartida, en las celebraciones, en los juegos, en la solidaridad cotidiana y en esa manera propia de habitar el barrio que durante generaciones le ha dado sentido a ese territorio.

Lo más valioso de esta decisión es que amplía la manera en que entendemos el patrimonio. Durante mucho tiempo, la discusión pública sobre el Centro Histórico se concentró, sobre todo, en la conservación de su patrimonio construido. Esta resolución recuerda algo esencial: un barrio histórico no se preserva si pierde a la comunidad que lo hace vivir. Proteger la Vida de Barrio significa, por lo tanto, proteger también las condiciones que permiten su permanencia.

Ese punto es decisivo porque el propio PES identifica con claridad que la mayor amenaza para esa vida de barrio es la pérdida de habitabilidad. Si la gente no puede seguir viviendo en Getsemaní, si la residencia permanente continúa cediendo ante las presiones del mercado turístico y la especulación, el patrimonio que hoy se reconoce se debilitará hasta volverse irreconocible.

Por eso, el aspecto más importante de la resolución no está en la declaratoria, sino en sus consecuencias. En particular, en lo que dispone su Artículo 4: que las entidades competentes promuevan la incorporación del PES en los planes de desarrollo y en los instrumentos de ordenamiento territorial. Dicho en palabras sencillas, esto significa que la salvaguardia de la Vida de Barrio no puede quedar como asunto exclusivo del sector cultural ni depender de la buena voluntad de la administración de turno. Tendrá que ser tenida en cuenta en futuras decisiones de gobierno, planeación, inversión y regulación urbana.

Allí está el verdadero desafío. La resolución fija un rumbo, pero serán las autoridades locales y nacionales las que deberán convertir ese mandato en acciones concretas. Eso implica apoyar las medidas de salvaguardia del PES: articularlas con la planeación urbana, crear incentivos para la permanencia, respaldar proyectos de habitabilidad y asegurar mecanismos para la continuidad de las manifestaciones culturales del barrio.

Cartagena debe entender la dimensión de este momento. Lo que está en juego en Getsemaní no es solo la protección de un barrio emblemático, sino la posibilidad de demostrar que el patrimonio puede ser gestionado con la gente en el centro.

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