Política

¿Daniel Quintero inhabilitado para consulta de 2026? Esto dijo magistrado del CNE

El exalcalde de Medellín hace un par de días se anunció que se retiraba de la consulta del Pacto Histórico, lo cual le podría traer consecuencia a sus aspiraciones presidenciales. Conozca los detalles aquí.

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Daniel Quintero Calle, precandidato presidencial por el Pacto Histórico. // Foto: Cortesía.
El Universal
17 OCT 2025 - 11:23 AM

El magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), Altus Baquero, confirmó que el exprecandidato presidencial Daniel Quintero podría quedar inhabilitado para participar en futuras elecciones, incluida la consulta interpartidista programada para marzo del próximo año.

La advertencia se sustenta en disposiciones legales vigentes que, según Baquero, el propio Quintero desconoció al renunciar a su inscripción inicial.

Baquero precisó que la Ley 1475 de 2011, en su artículo séptimo, establece que cualquier persona que se retire de una consulta popular no podrá aspirar posteriormente a la misma corporación para la cual se había postulado. Esta norma, explicó, es clara y no admite interpretaciones flexibles. Lea: MOE frena aspiraciones presidenciales de Daniel Quintero: esta es la razón

Las posibles afectaciones a los precandidatos del Pacto Histórico

La posible sanción no solo afectaría al exalcalde de Medellín, sino que también podría tener repercusiones sobre los demás precandidatos del Pacto Histórico, entre ellos Iván Cepeda y Carolina Corcho, si no participan en la consulta prevista para el 26 de octubre.

“Se entiende que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripcion ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que las convocan. Quienes hubieren participado como precandidatos quedaran inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripcion dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas”, detalla la ley.

El precandidato presidencial Daniel Quintero, en medio de una entrevista con El Universal. // Foto: Luis Eduardo Herrán.

“Los partidos y movimientos politicos y sus directivos, las coaliciones, los promotores de los grupos significativos de ciudadanos y los precandidatos que participaron en la consulta, no podran inscribir ni apoyar candidatos distintos a los seleccionados en dicho mecanismo, con excepcion de los casos de muerte o incapacidad absoluta del candidato asi seleccionado. La inobservancia de este precepto, sera causal de nulidad o revocatoria de la inscripcion del candidato que se apoye, diferente al elegido en la consulta. La inscripcion, en todo caso, a solicitud del candidato seleccionado, se hara a nombre de los partidos, movimientos o coaliciones que realizaron la consulta, aunque no suscriban el formulario de solicitud de inscripción”, agrega.

De acuerdo con el magistrado, el Pacto Histórico aún no existe jurídicamente como agrupación política, ya que su constitución está sujeta a una condición resolutoria. En consecuencia, las organizaciones que integran el movimiento debieron inscribirse de forma individual, y no bajo una sola coalición.

“Lo que estamos señalando es que las inscripciones debieron realizarse por separado. En este caso, la consulta tiene carácter interpartidista, y eso debe verificarse conforme al marco legal”, sostuvo Baquero al explicar los alcances de la revisión que adelanta el CNE.

Daniel Quintero, por su parte, ha insistido en que el Consejo Nacional Electoral “cambió las reglas de juego” después de su renuncia, al considerar que la consulta en la que participaba originalmente era de carácter interno y no interpartidista.

El exmandatario argumentó que la naturaleza de la consulta cambió tras la eliminación de los logos del Pacto Histórico, lo que, a su juicio, alteró las condiciones de su inscripción inicial. Sin embargo, el CNE negó rotundamente que se haya modificado el marco normativo.

“El Consejo Electoral no ha cambiado ninguna regla”, enfatizó Baquero, agregando que el carácter interpartidista de la consulta responde a la situación jurídica actual del Pacto Histórico y no a una decisión arbitraria del organismo.

Fuentes del CNE han insistido que el proceso de verificación continúa, pero recordaron que la norma estatutaria es de aplicación directa y obligatoria, lo que deja poco margen para interpretaciones favorables al exalcalde.

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