Alguna vez el filósofo francés Edmond Thiaudière aseveró: “La política es el arte de disfrazar de interés general, el interés particular”. Esta interpretación del ejercicio público, que tanto escozor y desconfianza provoca en la ciudadanía, usualmente es fomentada por prácticas como el nepotismo o el clientelismo que el alcalde William Dau prometió extirpar. Lea: Mintransporte denunciará disciplinariamente a secretaria del Interior
Pero lo que fue una promesa de campaña actualmente se desdibuja, según académicos consultados, tras conocerse, por investigación de La Contratopedia Caribe, que diecinueve Órdenes de Prestación de Servicios (OPS) que la Alcaldía de Cartagena ha firmado, desde noviembre de 2020, fueron destinadas para personas que en el pasado trabajaron con Ana María González-Forero, secretaria del Interior, en la Fundación FEM, entidad que ella fundó.
“Esto evidencia que la contratación por amiguismos persiste en el autoproclamado gobierno transparente de Cartagena. Evidencian que a esa organización y a gente del círculo de la funcionaria les ha ido bien en el gobierno de William Dau”, expuso La Contratopedia sobre una dinámica que no es ilegal, pero sí genera discusiones éticas y cuestionamientos políticos.
Esta es una práctica que se volvió costumbre en anteriores gobiernos y en todo el país; sin embargo, es incongruente, según politólogos consultados, que siga sucediendo en la actual administración, la de “romper cadenas”.
No obstante, para el politólogo José Alejandro Sanín, docente de la Universidad de Antioquia, las OPS son legales si se cumplen los objetivos del contrato y no se usan para corbatas y para pagar favores políticos. “Es apenas normal que un gobernante se rodee de sus personas de confianza y estas, a su vez, hagan lo mismo. Es decir, que se vinculen a personas cercanas en los niveles directivos y asesor”, puntualizó.
Sin embargo, resaltó que lo perverso del asunto es cuando la contratación de personal en el sector público, por la debilidad en las plantas de personal, se condense a través de nóminas paralelas (que muchas veces sirven para pagar favores). Una dinámica que González-Forero tanto criticó cuando fue coordinadora de la Misión de Observación Electoral en Bolívar. (Lea: La vaca loca)
“Estos ejércitos de contratistas por OPS que cumplen funciones que deberían desempeñar funcionarios escogidos por concurso y como parte de la carrera administrativa. Este caso, y muchos más -porque abundan-, demuestran la urgencia y necesidad de fortalecer el empleo público mediante la ampliación de las plantas de funcionarios de los distintos entes territoriales; de esa manera, mediante concursos de méritos, se podrá hacer más transparente y justo el acceso al trabajo en el sector público y se podrá ir dejando sin argumentos la necesidad de configurar nóminas paralelas”, expuso Sanín.
Los contratos para los “amigos”
Según la información de La Contratopedia Caribe, varios de los 19 contratos relacionados a González-Forero sugieren una puerta giratoria del sector privado al público, y un fortalecimiento institucional de una entidad privada con recursos públicos.
El medio encontró que las 19 OPS, firmadas entre noviembre de 2020 y febrero de 2023, suman $390.500.000.
Cuatro miembros de la Fundación FEM (Marcy Luz Miranda, María Elena Torres, Dilia Flórez y Karen Judith Gutiérrez), y una antigua asociada (Paola Benavides) tuvieron contratos en 2022 en la Secretaría del Interior, después del nombramiento de González.
“Las cuatro integrantes que siguen activas en FEM volvieron a ser contratadas en la Secretaría del Interior en febrero de este año”, reveló La Contratopedia.
En ese paradigma controversial han sido contratados, según investigó La Contratopedia, a dos asociados de FEM, Wilfrido Pérez y Mauricio Torres, en la Secretaría de Planeación desde 2020.
Los híbridos
Según el reportaje de La Contratopedia, hay cuatro asociadas activas en FEM que hoy tienen contratos laborales en la Secretaría del Interior para trabajar en programas étnicos.
“Una de esas directivas es la contadora pública Marcy Luz Miranda Cassiani, directora ejecutiva y representante legal suplente de FEM y hoy vinculada a la Oficina de Asuntos Étnicos de la Secretaría del Interior. Ella ha firmado dos contratos con esa dependencia, que suman $34.400.000”, expuso La Contratopedia.
Otra contratista en Interior es Dilia del Carmen Flórez, bachiller académico y líder indígena de la etnia Zenú, quien ejerce la representación legal de FEM. Tene una OPS vigente desde el 11 de febrero pasado. Es el más reciente de tres contratos, que suman $46.000.000, según el medio que investigó.
“Así mismo, la abogada María Elena Torres Muñoz, asociada y asesora jurídica de FEM, quien ha actuado como su representante legal en el pasado, también ha firmado contratos con la Secretaría del Interior ahora que está en cabeza de González”, precisó La Contratopedia.
El primero de esos contratos data de octubre de 2022, por $12.000.000 y con una vigencia de tres meses, para prestar sus servicios como abogada en el programa de fortalecimiento de la población afro, raizal y palenquera de la ciudad. En febrero pasado, Torres Muñoz volvió a ser contratada, esta vez por ocho meses, para realizar las mismas labores. El valor de este contrato es de $36.000.000.
Y, por último, la cuarta trabajadora de FEM contratada por el Distrito es Karen Judith Gutiérrez, abogada y parte del área legal de la fundación. También comenzó a trabajar desde octubre de 2022 en Interior con un contrato de tres meses, por $12.000.000. Según La Contratopedia, la abogada se unió al programa de fortalecimiento para la población afro, raizal y palenquera de Cartagena. Como las demás asociadas, en febrero Gutiérrez volvió a ser contratada por ocho meses para cumplir las mismas funciones, esta vez por $28.000.000.
Sin FEM, no hay OPS
La Contratopedia descubrió que la ex trabajadora de FEM, Paola Benavides Vásquez, quien en octubre pasado firmó una OPS por $9.000.000 con la Secretaría del Interior, cuando era la directora del área legal de la fundación de González-Forero.
“A diferencia de las actuales asociadas, Benavides no volvió a ser contratada en febrero pasado. Días antes de que comenzara el mes, el 28 de enero, FEM publicó un comunicado en redes en el que anunciaba que ella no continuaba más como directora legal de la organización”, precisó La Contratopedia.
“Mi organización es respetada en estos temas”, dijo al referirse al trabajo con grupos étnicos que las asociadas de FEM realizan con esa organización y ahora como contratistas de la Secretaría del Interior.
¿Es ilegal?
Para La Contratopedia, todos estos contratos, “llenos de vasos comunicantes con la secretaria González —funcionaria clave en el gobierno distrital y mano derecha de Dau—, no son ilegales”. “Sin embargo, sí evidencian que el alcalde no logró cumplir una de sus primeras promesas tan pronto fue elegido: acabar con los amiguismos asociados a la vinculación de personal en el Distrito”, puntualizaron.
Al respecto, el politólogo y docente de la Universidad del Norte, Luis Trejos, argumentó: “Si bien no es una práctica ilegal, si está por fuera de la ética ante la poca transparencia que ronda estos contratos. Es una dinámica que deja mal parado al alcalde William Dau quien se hizo elegir con un discurso de acabar con los ‘malandrines’ y con la corrupción”.
Ana María González-Forero le indicó a La Contratopedia que en estos contratos no primó su cercanía con las personas, sino que fueron fichados por meritocracia y experiencia profesional; sin embargo, para Trejos esta lógica cercana a “uno gobierna con los amigos” es una línea muy delgada entre administrar bien y favorecer a los amigos.
“Es inconveniente asumir que solo los cercanos tienen las capacidades idóneas para el ejercicio práctico de la administración pública, y eso es desconocer que por fuera de esos círculos de poder e intimidad también hay personas con hojas de vida iguales o mejores que a estos favorecidos”, estableció el politólogo
El concejal de la Alianza Verde, Sergio Mendoza, solicitó la renuncia de la secretaria Ana María González-Forero por cuenta de la presunta injerencia de la funcionaria para que la Fundación FEM sea uno de los coordinadores de una donación de 2,7 millones de euros que Países Bajos donó al Distrito para obras y proyectos hídricos.
“Es un vergonzoso y escandaloso acto de corrupción. Sostiene con los recursos de Cartagena la nómina de su fundación. Tengo pruebas que presentaré a los entes de control que dan cuenta de conflicto de intereses, tráfico de influencias e interés indebido. No solo favorece a sus cercanos con contratos laborales sino fortalece su fundación con dineros de cooperación internacional. Si tiene algo de estima por la ciudad en los años que ha estado hoy lo mínimo que debe hacer es presentar su renuncia”, aseveró Mendoza.
Para un abogado administrativista, en la celebración de contratos con el Estado rige el principio de selección objetiva. Este principio fue desarrollado en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 de la siguiente manera. “Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva”.
“De manera que, si se demuestra que existieron factores subjetivos ajenos al interés general en la celebración de contratos de prestación de servicios, y estos fueron determinantes en la celebración aquellos, podría adelantarse una actuación disciplinaria por la Procuraduría General de la Nación con el fin de establecer la existencia de la falta disciplinaria gravísima prevista en el artículo 54 del Código General Disciplinario”, precisó el jurista.
La falta a la que se refiere se reseña así: “Participar en la etapa precontractual o en la actividad contractual, en detrimento del patrimonio público, o con desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley”.
Por otro lado, el abogado expuso que también podría adelantarse una indagación preliminar, con el objeto de establecer la existencia de elementos de juicio que permitan inferir la existencia del delito de interés indebido en la celebración de contratos, que tiene lugar, por ejemplo, cuando un servidor público manifiesta un interés particular, ajeno al interés general, en la celebración de un contrato estatal.
“Este comportamiento se encuentra previsto en el artículo 409 del Código Penal: ‘El servidor público que se interese en provecho propio o de un tercero, en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo o de sus funciones, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216) meses’”, subrayó el jurista.