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Salud

Cartageneros sufren con el actual sistema de salud

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El 16 de febrero de este año, Gennys Socarrás estaba sentada viendo la televisión cuando el presidente de la República, Juan Manuel Santos, anunció que se había acabado el negocio de la salud y que los usuarios ahora sí tendrían un servicio ideal.

Mientras escuchaba las ‘buenas nuevas’ de la Ley 1751, que eleva la salud a la condición de derecho fundamental e incluye un acceso mayor a la atención médica, inclusión de más medicamentos en el POS y la atención obligatoria en los servicios de urgencias, Gennys revisaba sus cuentas para ver de dónde sacaría 180 mil pesos para una  consulta médica particular.

Gennys sufre una afección en el colon que la tortura hace casi dos años, más o menos el mismo tiempo que lleva viviendo en Cartagena; ella, como otros colombianos que hoy no cuentan con ningún tipo de seguridad social, creyó que la Ley 1751 haría una mejora inmediata a sus inconvenientes.

NADA HA CAMBIADO

A quince días del anuncio presidencial, no hay claridad del proceso de reglamentación, necesario para la puesta en marcha de la ley. Martha Rodríguez Otálora, directora del Departamento Administrativo Distrital de Salud, DADIS, asegura que aunque la Ley Estatutaria  representa muchos beneficios para los colombianos, antes de celebrarlos se debe realizar su debida reglamentación pues el tema fiscal y estructural de esta apertura social son claves para su correcto funcionamiento. “Suena muy bonito decir que todos tendrán acceso, pero hay vacíos sobre los recursos y el alcance, que deben ser resueltos cuanto antes”, puntualizó Rodríguez Otálora. 

Usuarios como Gennys, que pasarían a hacer parte del régimen subsidiado, representan un costo parael sistema, que aún no se sabe cómo financiarán. 

LA ODISEA

Gennys, quien no quiere que se muestre su rostro, vive en el barrio El Campestre y vive de lo que gana arreglando ropa y con la venta de los productos de una pequeña vitrina que tiene en su casa. Estuvo en el régimen contributivo de salud durante muchos años, pues era beneficiaria de su esposo, pero al separarse fue retirada del núcleo familiar y pasó a trabajar con una empresa que la desvinculó de la EPS en cuanto se acabó su contrato, hoy no tiene Sisbén ni EPS, pues cuando intentó afiliarse como independiente, una inconsistencia en el sistema lo impidió. Alberto Pereira, jefe de aseguramiento del Dadis, le dijo a Q’hubo que este es uno de los casos más complicados que se le presentan al Departamento para responder por los tratamientos médicos, pues por vivir en El Campestre, el resultado de la encuesta del Sisbén puede resultar mayor a 54.86 puntos, tope para la prestación de servicios subsidiados.

El Dadis enfrenta muchos casos de este tipo, la doctora Martha Rodríguez explicó que en muchas ocasiones deben realizar visitas domiciliarias a los hogares de los usuarios, pues tienen que certificar que de verdad la persona no cuenta con los recursos para responder por su salud. Pero este es un proceso que puede tardar y algunos pacientes requieren una atención médica inmediata.

LO QUE PUEDE HACER

Gennys tiene tres opciones: acercarse a una oficina de Sisbén y solicitar que la encuesten, si su puntaje es mayor de 55, debe ir hasta el Dadis y presentar su caso para recibir la visita domiciliaria de un funcionario, que certificará si cuenta o no con los recursos para pagar su salud; la segunda opción es afiliarse al régimen contributivo y lo último es continuar pagando de forma particular por cada servicio que solicite.

Si Gennys se decide por la primera opción y resulta con un puntaje menor de 55, podrá acceder a urgencias sin pagar un monto  alto, pero si tuviera que ser hospitalizada hoy, tendrían que revisar el caso. Con la entrada en vigencia de la ley estatutaria, la responsabilidad de hospitalización y el tratamiento de los pacientes con empresas de salud subsidiada debe ser saldada por ellas y por el Estado, a eso se refiere la directora del Dadis cuando dice que sin la correcta regulación, la ley estatutaria resultaría en una crisis fiscal mayor a la que se presenta hoy.

EN EL LIMBO

‘Agarrada de la mano de Dios’, Gennys espera resolver pronto su proceso con el Sisbén, pues los dolores por su afección cada día son más fuertes, por lo que en varias ocasiones ha tenido que rechazar trabajos o incumplir con otras obligaciones. Mientras otros celebran la firma de la Ley Estatutaria de Salud, ella y miles de colombianos más esperan que empiece a entrar en vigencia, pues “de nada sirve que Santos diga que ya no somos clientes sino usuarios, si yo sigo esforzándome más de lo que puedo pa’ pagarme mi tratamiento”.

DE NO CREER

Gennys intentó afiliarse a la EPS Salud Total hace ocho meses. Aunque siguió con los procesos que le solicitaron y realizó la consignación del valor de la afiliación ($175.900), solo se enteró de que esta no se había hecho efectiva cuando tuvo que acudir de urgencias a una clínica y no la atendieron porque no aparecía en el sistema. Al consultar con Salud Total, le informaron que no habían podido afiliarla y le devolvieron los documentos, mas no el dinero. Siete meses después y tras la consulta a una funcionaria de la entidad, se le informó que su dinero ya había sido enviado, pero se habían equivocado de sucursal. Al cierre de esta edición, la devolución del dinero no había sido efectuada.

EL ABECÉ DE LA LEY 1751

1. La ley estatutaria de salud aporta el marco normativo para cambiar muchas cosas del sistema de salud. Con ella se eleva la salud al nivel de derecho fundamental, antes era conexo con el derecho a la vida.

2. Con esta ley se debe garantizar a todas las personas, sin distingo de ninguna naturaleza, la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos. El Estado es el directo responsable. Lo que quiere decir que las entidades no pueden negar la atención, imponer demoras y trabas, excusándose en el no pago de los usuarios.

3. A partir del 2017 el POS como lo conocemos desaparecerá. Los pacientes recibirán lo que necesiten, siempre que no esté excluido explícitamente o que sea considerado de tipo estético.

4.  Las personas estarán afiliadas al sistema de salud, no a una EPS. Para ello ya existe la movilidad entre regímenes, si antes la persona pertenecía al régimen contributivo y no puede continuar pagando, puede migrar al régimen subsidiado.

Sin reglamentación no existe claridad en la atención de los pacientes. La situación no mejora a pesar de la ley.
Sin reglamentación no existe claridad en la atención de los pacientes. La situación no mejora a pesar de la ley.
Martha Rodríguez Otálora, directora del Dadis, asegura que urge una reglamentación de la Ley 1751.
Martha Rodríguez Otálora, directora del Dadis, asegura que urge una reglamentación de la Ley 1751.
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