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Cartagena

Falladas tutelas en contra de cocineras de Playa Hollywood

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Dos de las cuatro cocineras que entablaron tutelas contra el Distrito reclamando derechos para mantener sus actividades económicas en Playa Hollywood, serían obligadas a salir del sitio que ocupan en Bocagrande.

Así lo ordenan fallos judiciales de primera instancia que resuelven sendas tutelas interpuestas por estas vendedoras estacionarias de comidas típicas: Petrona Seca Peñaloza y Elena Villalba Torres, quienes ya impugnaron las decisiones judiciales y ahora esperan fallos de segunda instancia.

Ellas recurrieron a ese legítimo recurso de ley, para invocar la protección de sus derechos fundamentales al trabajo, dignidad, igualdad y mínimo vital, presuntamente vulnerados al ser desalojadas de Playa Hollywood, en un operativo conjunto de la Gerencia de Espacio Público, el Dadis y la Policía Nacional, el 14 de marzo pasado. Lea aquí (Cocineras volvieron a Playa Hollywood)

Las otras dos cocineras informales que ese mismo viernes fueron retiradas de Playa Hollywood son Ruth Sánchez y Cipriana Salgado, quienes también instauraron acciones de tutela invocando los mismos derechos, pero al cierre de esta edición nada se sabía de sentencia alguna respecto a éstas acciones.

Consultado sobre el tema, Adelfo Doria Franco, gerente de Espacio Público, manifiesta que la decisión demuestra la armonía en las actuaciones del Distrito con el debido proceso.  

Explica que en su despacho reposa un censo muy completo de comerciantes informales de Bocagrande, realizado por gobiernos anteriores, que fue consolidado en 2007, “y ninguna de esas personas que retiramos de Playa Hollywood aparecen ahí”.

Dice que en el año 2009 las cocineras tutelantes ya tenían orden de suspensión de sus actividades por parte del Dadis, debido a sus evidentes problemas sanitarios con la manipulación de alimentos.

SUSTENTACIÓN DE JUECESLos juzgados Primero Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías, en el caso de Petrona Seca, y el Sexto Civil Municipal de Cartagena, que resolvió la demanda de Elena Villalba, coinciden en sus argumentos para denegar las tutelas a estas dos accionantes.

Para los togados, es evidente que las demandantes realizan sus labores a la intemperie y de forma muy rudimentaria e insalubre, pues no tienen acceso a los servicios básicos de agua, luz y gas, necesarios para su actividad culinaria, que engloba la preparación de alimentos, el debido lavado de los utensilios que emplean en la tarea de cocción de productos y la disposición adecuada e higiénica de recipientes para el manejo de los desechos orgánicos propios de su trabajo.

Esas condiciones de funcionamiento le sugieren a los jueces que la permanencia de las informales en el lugar no ha sido por el largo tiempo que aluden de 30 años, como lo advierte el Juzgado Primero Penal Municipal en su providencia.

“Ningún elemento de prueba permite concluir que la accionante lleva más de 30 años desempeñando su actividad como vendedora de comidas en el sector, en cambio sí fue objeto de medida de suspensión por no acatar las recomendaciones Dadis”, plantea por su parte el Juzgado Sexto Civil Municipal. 

Tampoco aportaron pruebas sobre algún tipo de licencia o permiso otorgado por la administración, para la ocupación irregular del espacio público, ni recibos de pago de servicios públicos, anotan los jueces.

Por lo tanto, el aparato judicial desvirtúa el reconocimiento del principio de confianza legítima para ambas demandantes, ya que para eso se requiere un mínimo de pruebas a fin de establecer permanencia, antigüedad y continuidad de la ocupación del espacio público.

Esa aclaración las margina de la posibilidad de ser incluidas en el Registro Único de Vendedores (RUV), para ser beneficiadas con los planes de normalización para la economía informal.

“La Oficina Espacio Público no actuó manera dolosa, arbitraria ni inconsulta, y el desalojo obedeció a razones de interés general, como son la preservación de las medidas sanitarias y de higiene en un bien de uso público, en el desempeño de una actividad que requiere de sumo cuidado como es la preparación de comidas”, reza el fallo expedido por el Juzgado Primero Penal Municipal.

"YA IMPUGNÉ"Petrona Seca Peñaloza indicó que inmediatamente se notificó de la adversidad del fallo, hizo la debida impugnación dentro de los tres días siguientes que fija la ley.

“Voy para la segunda instancia, con más pruebas de que sí tengo 30 años de estar trabajando en la playa. Yo estoy en la playa desde que estaba Pomares en Espacio Público, y ese señor hoy está pensionado, él puede decir desde hace cuantos años estoy en la playa. A ese tipo siempre el solicité permiso para trabajar y nunca me lo dio”, comenta Petrona.

Reitera que ella trabajó sus primeros 12 años en la playa de El Laguito, y luego tuvo que trasladarse a Playa Hollywood, donde ha estado los restantes 18 años.

Los juzgados fallaron en contra porque consideran que las cocineras realizan sus labores de forma insalubre. Aroldo Mestre
Los juzgados fallaron en contra porque consideran que las cocineras realizan sus labores de forma insalubre. Aroldo Mestre
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