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Cartagena

Así se puede contrarrestar el uso indebido y apropiación de andenes

Vehículos, vendedores y establecimientos, son los que mayormente ocupan los andenes de la ciudad. ¿Cómo contrarrestar esta situación?

Así se puede contrarrestar el uso indebido y apropiación de andenes

Los peatones deben esquivar los vehículos parqueados en las aceras, poniendo en riesgo su integridad. // Julio Castaño – El Universal

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La apropiación y el mal uso de los andenes por parte de particulares hacen parte del “paisaje” de La Heroica.

“Parece que los andenes fueran para los carros y las motos, pues si no están parqueados, circulan sobre ellos imposibilitando el tránsito y poniendo en riesgo la integridad de los peatones”, manifestó Luis Escobar, residente del barrio Los Alpes, añadiendo que en otros casos es la propiedad privada que, con la construcción e instalación de distintos elementos, también obstaculiza la movilidad de las personas e incluso llegan a utilizar estos espacios ignorando los límites de sus propiedades.

Es importante precisar que no en todos los sectores existe ocupación o uso indebido de los andenes por parte de la propiedad privada, de los distintos establecimientos comerciales o de los ciudadanos y sus vehículos, incluso, de vendedores informales que usufructúan estos espacios. Para estos últimos, las áreas de mayor ocupación ya fueron identificadas por la Gerencia de Espacio Público y en cumplimiento de la Ley 1801 de 2016 se notificó a la Secretaría del Interior y a la Policía para que realicen los operativos respectivos.

Por otro lado, la ocupación indebida en las aceras por parte de los vehículos, es competencia del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), que realiza controles e impone multas y sanciones a quienes cometen este tipo de infracción con fundamento en la Ley 769 de 2002. A pesar de ello, distintos habitantes y transeúntes del barrio Bocagrande, aseguraron a este medio, que “en el sector turístico predomina la invasión por parte de los vehículos particulares y de todo tipo de transporte, así como de negocios o personas inescrupulosas”.

Así las cosas, el ejercicio de muchos cartageneros consiste en subir o bajar escalones, cambiar de anden, deslizarse, trepar o esquivar algún vehículo, muro, poste o árbol, para poder llegar a sus destinos. Pero, ¿no es responsabilidad del Distrito garantizar una adecuada accesibilidad a estos espacios?

Con el objetivo de conocer y entender la normativa que rige, controla y vigila el uso de estos espacios, El Universal tuvo acceso a un documento realizado por distintas dependencias de la Alcaldía de Cartagena, como lo son las secretarías de Planeación e Infraestructura, la Oficina de Espacio Público y el DATT, donde responden a varios interrogantes.

Las claves del espacio público

¿Cuál es la incidencia del POT en los andenes ?

El POT define los perfiles viales de acuerdo a los estudios y proyecciones realizados para un horizonte de planeación. La ciudad está en proceso de actualización del POT, lo que quiere decir que, a futuro, el territorio puede tener mejores andenes. Dentro de las propuestas, deben incluirse perfiles viales que definan un diseño de andenes acordes con los nuevos requerimientos de la ciudad.

¿Qué se tiene en cuenta al momento de diseñar y construir andenes?

Depende del perfil vial que tenga la zona, este define el rango de ancho y uso que puede tener el andén. Se debe tener en cuenta la definición de uso del suelo de los distintos sectores, los cuales irán acorde al POT.

Los andenes en mejor estado son los que están al margen de las vías de Transcaribe, ¿por qué el resto no tienen las mismas condiciones?

Desde la concepción del Sistema Integrado de Transporte Masivo (SITM), se definió la inclusión de la construcción de los andenes laterales utilizando características de las nuevas normas técnicas colombianas, y dado que las vías de Transcaribe fueron recientemente construidas, dan la percepción de mejor conservación.

¿Cuál es el futuro de los andenes?

De parte de la Gerencia de Espacio Público, en coordinación con la Policía Nacional y el DATT, se continuará con los operativos de recuperación de los andenes en el Distrito. También se espera la renovación del POT, que sería la hoja de ruta para un mejor diseño y construcción de estos espacios públicos en el Distrito, que tendrán mayor sentido incluyente, como por ejemplo, las ciclorrutas, acceso a personas con alguna limitación, zonas verdes y puntos de esparcimiento.

¿Hay sanciones por uso indebido de andenes?

Desde el DATT señalan que sí, que la invasión por parte de automotores está tipificada de la siguiente manera: para quienes transiten por andenes y demás lugares destinados al tránsito de peatones, la multa es de 4 salarios mínimos diarios vigentes, aproximadamente, $121.136; por estacionar un vehículo en sitios prohibido la multa es de 15 salarios diarios, es decir, $454.270; y por conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados, la sanción es de 30 salarios diarios, es decir $908.529, en concordancia con el Código Nacional de Tránsito.

¿Ante quién poner las denuncias?

A las inspecciones de policía si la invasión al espacio público se presenta mediante construcciones u obras incrustadas al suelo. Estas entidades a través de una querella llevan acabo el proceso correspondiente.

Cuando la invasión se presenta mediante elementos u objetos removibles, deben acudir a la Policía Nacional, la entidad procede a incautar los elementos y los pone a disposición de la Gerencia de Espacio Público y Movilidad, para que esta última proceda al trámite de devolución.

Si la ocupación es presentada por el estacionamiento o circulación de automotores, es el DATT la entidad encargada de remover los vehículos que invaden de manera irregular las vías y zonas públicas. Por último, acudimos a las alcaldías locales cuanto se trata de invasiones en zonas de bajamar o playas, y dicha invasión corresponde a estructuras fijadas al suelo, estas entidades son las encargadas de la restitución.

¿Se puede sembrar árboles o parquear carros, frente a los límites de su predio?

No. Este espacio es para uso de todos, la ocupación ya sea para siembra o parqueo acarreará sanciones.

Espacio Público realiza acompañamientos a la Policía en los operativos para el control sobre la ocupación indebida de los espacios públicos, así mismo, han presentado querellas ante los inspectores de Policía, sobre la ocupación indebida de los espacios a través de construcciones y objetos incrustados sobre el suelo.

Sostenibilidad

Entre los principios que orientan el espacio público a nivel mundial, está el compromiso con tener ciudades sostenibles. Por esa razón, el Manual de Espacio Público en Colombia contempla que los andenes, bulevares y separadores serán uno de sus principales medios para hacer frente a fenómenos como el calentamiento global y el efecto invernadero, mediante el uso intensivo de estos espacios para la ampliación de su cobertura vegetal.

“Desde la Oficina de Espacio Público trabajamos en un plan con distintas estrategias para la recuperación de estos espacios”

Ausberto Coneo

Gerente de la Oficina de Espacio Público y Movilidad

Los andenes son espacios de encuentro, de circulación de peatones, y no solo se debe abordar desde la infraestructura”,

Ausberto Coneo

Gerente de la Oficina de Espacio Público y Movilidad.

Lo que dice la norma

El Decreto 1077 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, define las aceras o andenes como una franja longitudinal de la vía urbana, destinada exclusivamente a la circulación de peatones. Del mismo modo el Decreto 798 de 2010, artículo 3, indica que los andenes son zonas de uso exclusivo de peatones. Además, el Distrito de Cartagena de Indias cuenta con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) disponible desde el año 2001, y aunque desde hace varios años debió actualizarse, es la herramienta para el ordenamiento del territorio y uso de sus espacios.

La norma explica que el espacio entre la línea de bordillo y línea de propiedad corresponde a espacio público, en el cual no se podrá desarrollar ningún tipo de actividad distinta al tránsito de peatones y bicicletas. La zona de andenes no se podrá alterar para beneficio individual, ni utilizar como parqueadero. Ir en contravía de la norma se considera como una conducta sancionatoria que puede dar lugar a la demolición de lo construido irregularmente.

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