Con la nueva metodología del Sisbén se desarrolló una clasificación cuyo resultado no es un índice cuantitativo. Esto significa que ya no existirá un puntaje de 0 a 100 sino una nueva clasificación que ordena la población por grupos. Hoy te explicaremos qué significa cada grupo y cómo hacer la consulta.
Desde el Gobierno Nacional se ha otorgados subsidios a las familias más vulnerables, con el fin de combatir la pobreza y generar mayor inclusión social, productiva y financiera en algunos hogares con pobreza. Entre los subsidios del Gobierno están el Ingreso solidario, Devolución del IVA, Colombia Mayor, Jóvenes en acción, subsidio al desempleo y Familias en Acción. Lea también: ¿Cómo saber qué grupo eres en el Sisbén? Este es el nuevo link para consultarlo
Para hacer parte de alguno de estos subsidios es necesario hacer parte de un grupo del Sisbén, el cual clasifica los hogares dependiendo de sus ingresos y condiciones socioeconómicas en cuatro grupos: A, B, C y D.
En el Sisbén IV existen cuatro grupos:
Grupo A: pobreza extrema (población con menor capacidad de generación de ingresos)
Grupo B: pobreza moderada (población con mayor capacidad de generar ingresos que los del grupo A)
Grupo C: vulnerable (población en riesgo de caer en pobreza)
Grupo D: población no pobre, no vulnerable.
Cada grupo está compuesto por subgrupos, identificados por una letra y un número que permiten clasificar más detalladamente a las personas:
Grupo A: conformado por 5 subgrupos (desde A1 hasta A5)
Grupo B: conformado por 7 subgrupos (desde B1 hasta B7)
Grupo C: conformado por 18 subgrupos (desde C1 hasta C18)
Grupo D: conformado por 21 subgrupos (desde D1 hasta D21)
Sin embargo, hay hogares que no necesitan de esta clasificación al hacer parte de las poblaciones especiales. La Secretaría de Salud de Bogotá explicó que las poblaciones especiales no necesitan de ningún tipo de clasificación del Sisbén para hacer parte del régimen subsidiado.
“Para ser beneficiarios del régimen subsidiado, estas poblaciones se identifican mediante el Listado Censal y no por la encuesta Sibén. El listado censal es elaborado por la entidad competente responsable de cada población”, dice el Distrito.
Los registros censales son la herramienta mediante la cual se concentra y reconoce a la población especial.
No necesitan Sisben estas poblaciones$>
1. Niños, niñas, adolescentes y jóvenes
- En proceso administrativo para el restablecimiento de sus derechos.
- Pertenecientes al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
2. Menores desvinculados del conflicto armado
3. Población Infantil Vulnerable bajo protección en instituciones distintas al ICBF.
4. Comunidades indígenas.
5. Población desmovilizada.
6. Adultos mayores:
- En centros de protección.
- De escasos recursos y en condición de abandono, en centros de protección.
7. Población Rrom (más conocido como pueblo gitano).
8. Personas incluidas en el programa de protección a testigos.
9. Víctimas del conflicto armado interno.
10. Población privada de la libertad:
- A cargo de entidades territoriales del orden Departamental, Distrital o Municipal.
- Inimputables por trastorno mental en cumplimiento de medida de seguridad.
11. Población habitante de la calle
- Personas que dejan de ser madres comunitarias o madres sustitutas y son beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, según los términos de la Ley 1450 de 2011 y la Ley 1769 de 2015. Lea también: Este 15 de diciembre, feria de empleabilidad por el Día del Migrante
12. Población migrante colombiana
- Repatriada.
- Que ha retornado voluntariamente al país.
- Deportados o expulsados de la República Bolivariana de Venezuela y su núcleo familiar.
13. Migrantes venezolanos
- Sin capacidad de pago, pobres y vulnerables, con Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente.
- Sus hijos menores de edad con documento de identidad válido según el Decreto 780 de 2016, que permanezcan en el país.
14. Voluntarios acreditados y activos de organizaciones humanitarias
- Defensa Civil Colombiana.
- Cruz Roja Colombiana.
- Cuerpos de Bomberos, así como su núcleo familiar.
15. Personas con discapacidad
En centros de protección.
Adultos entre 18 y 60 años en condición de discapacidad, de escasos recursos y en condición de abandono que se encuentren en centros de protección.
