La sentencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, SL 138 de 2024, generó un impacto en el proceso de cálculo de semanas cotizadas para pensiones en Colombia. Según esta sentencia, el conteo de semanas y años para la consolidación de prestaciones económicas ya no se realizará con base en un mes de 30 días o un año de 360 días, sino que se tomará en cuenta el número de días que tenga el mes.
Dicha sentencia indica que cada día cotizado se debe sumar para ser transformado en semanas mediante una división de siete días. “De esa forma, la cotización se calcula en relación al salario mensual y el ingreso percibido en el mismo período, sin perjuicio de que el período mensual de trabajo que cubre la cotización se contabilice en 28, 30 o 31 días, según corresponda, para ser transformados en semanas cotizadas mediante la división por siete. Es decir, para establecer el número de semanas cotizadas, el año debe tomarse según el calendario, esto es, 365 o 366 días, según corresponda”, aclara la sentencia de la Sala de Casación Laboral. Lea aquí: ¿Esperando pensión? Tenga en cuenta los siguientes lineamientos de Colpensiones
Esta modificación ha llevado a que muchas personas que habían estado cotizando al Sistema General de Seguridad Social en Pensión ahora tengan la oportunidad de corregir y ajustar sus registros de cotización ante el nuevo método de cálculo. En Cartagena, se ha visto un aumento en la cantidad de personas que buscan una reliquidación pensional en Colpensiones, reclamando los días que no habían sido contabilizados correctamente bajo el antiguo sistema de contabilización.
Este proceso permite a los cotizantes ajustar sus aportes anteriores para que se reflejen correctamente en las semanas de cotización. Ante el nuevo criterio de la sentencia, muchas personas en la ciudad están asegurando que su tiempo de cotización esté contabilizado de manera adecuada, lo cual podría reducir el tiempo necesario para alcanzar el derecho a una pensión en comparación con los cálculos anteriores. Le puede interesar: Colpensiones: ¿Qué hacer si no aparecen semanas cotizadas?
Es decir, los ciudadanos están organizando sus registros de cotización para alinearse con el nuevo estándar de contabilización en las semanas cotizadas, asegurándose así de que se les reconozcan correctamente los tiempos. Además, se debe tener en cuenta que la reliquidación de la pensión no tiene fecha límite para radicarse.
Esto debe tener en cuenta si pedirá su reliquidación pensional:
- Debe acercarse al fondo pensional al que pertenezca y presentar por escrito el reclamo, en el que se establezcan las consideraciones sobre las semanas cotizadas. Es importante agregar documentos y pruebas que sostengan la información entregada.
- Si está en Colpensiones, presente un recurso de reposición dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de la resolución, explicando que no está conforme con las semanas cotizadas y los motivos que respaldan la inconformidad. Es importante agregar la historia laboral y las certificaciones donde conste el salario de los últimos diez años.
- Si no está satisfecho con la respuesta obtenida, puede presentar un recurso de apelación, explicando por qué no está conforme con el monto de la pensión y los motivos que lo llevan a no aprobar tal decisión. Colpensiones debe revisar y decidir si tiene derecho a un monto distinto.

