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Cartagena

Declaración de renta: este es el nuevo plazo que tienes según la Dian

Si deseas consultar las fechas límite para el pago revisa la siguiente información:

Declaración de renta: este es el nuevo plazo que tienes según la Dian

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Debido a problemas técnicos en la página web de la DIAN, se ha extendido el plazo para presentar la declaración de renta a las personas naturales cuyas cédulas terminan entre 01 y 12.

De acuerdo con el calendario tributario oficial de la DIAN, el proceso de declaración y pago de la renta para personas naturales comenzó el pasado 12 de agosto, y los plazos se extenderán hasta el 24 de octubre, dependiendo del NIT del declarante.

Para las personas jurídicas, las fechas límite para declarar y pagar impuestos ya finalizaron, habiendo transcurrido entre el 10 de mayo y el 23 de julio.

Es importante que ubiques los dos últimos dígitos de tu NIT (Número de Identificación Tributaria), que coinciden con los de tu cédula de ciudadanía, y verifiques la fecha de vencimiento correspondiente. Esta fecha marca el último día en que podrás presentar tu declaración de renta y realizar el pago del impuesto, si estás obligado a ello. Lea también: Pronóstico en Cartagena del martes 10 de septiembre: prepárate antes de salir

Septiembre

  • 27 y 28: 2 de septiembre del 2024
  • 29 y 30: 3 de septiembre del 2024
  • 31 y 32: 4 de septiembre del 2024
  • 33 y 34: 5 de septiembre del 2024
  • 35 y 36: 6 de septiembre del 2024
  • 37 y 38: 9 de septiembre del 2024
  • 39 y 40: 10 de septiembre del 2024
  • 41 y 42: 11 de septiembre del 2024
  • 43 y 44: 12 de septiembre del 2024
  • 45 y 46: 13 de septiembre del 2024
  • 47 y 48: 16 de septiembre del 2024
  • 49 y 50: 17 de septiembre del 2024
  • 51 y 52: 18 de septiembre del 2024
  • 53 y 54: 19 de septiembre del 2024
  • 55 y 56: 20 de septiembre del 2024
  • 57 y 58: 23 de septiembre del 2024
  • 59 y 60: 24 de septiembre del 2024
  • 61 y 62: 25 de septiembre del 2024
  • 63 y 64: 26 de septiembre del 2024
  • 65 y 66: 27 de septiembre del 2024

Octubre

  • 67 y 68: 1 de octubre del 2024
  • 69 y 70: 2 de octubre del 2024
  • 71 y 72: 3 de octubre del 2024
  • 73 y 74: 4 de octubre del 2024
  • 75 y 76: 7 de octubre del 2024
  • 77 y 78: 8 de octubre del 2024
  • 79 y 80: 9 de octubre del 2024
  • 81 y 82: 10 de octubre del 2024
  • 83 y 84: 11 de octubre del 2024
  • 85 y 86: 15 de octubre del 2024
  • 87 y 88: 16 de octubre del 2024
  • 89 y 90: 17 de octubre del 2024
  • 91 y 92: 18 de octubre del 2024
  • 93 y 94: 21 de octubre del 2024
  • 95 y 96: 22 de octubre del 2024
  • 97 y 98: 23 de octubre del 2024
  • 99 y 00: 24 de octubre del 2024

Personas jurídicas: fechas para el pago y declaración de renta

Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes, deben declarar y pagar el impuesto por el año gravable 2023 en dos cuotas iguales. Según el último dígito del NIT del contribuyente, estas son las fechas fijadas por la DIAN para la declaración y pago del impuesto sobre la renta para personas jurídicas.

Declaración de renta para Grandes Contribuyentes: fechas para cuotas pendientes

Las personas naturales, jurídicas o asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial y demás calificados como ‘Grandes Contribuyentes’ a la fecha del cumplimiento de la obligación (vigencia 2023), deben presentar la declaración y pagar el impuesto sobre la renta y complementario del año gravable 2023 en tres cuotas. De esas cuotas, una ya venció (febrero), por lo cual restan dos (abril y junio), sobre las cuales se debe declarar y pagar también según el último dígito del NIT y en los siguientes plazos. Lea también: ¿Eres venezolano y deseas acceder al Sisbén? Así puedes hacerlo

Impuesto sobre las ventas (IVA)

Los contribuyentes responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2023, sean iguales o superiores a 92.000 UVT, es decir $ 3.901.904.000, deben presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA. Los periodos bimensuales y las fechas de vencimiento, según los últimos dos dígitos del NIT del contribuyente, son los siguientes:

  • Enero – febrero: del 11 al 22 de marzo.
  • Marzo – abril: del 10 al 24 de mayo.
  • Mayo – junio: del 10 al 23 de julio.
  • Julio – agosto: del 10 al 23 de septiembre.
  • Septiembre – octubre: del 13 al 26 de noviembre.
  • Noviembre – diciembre: del 13 al 24 de enero.

Por su parte, las personas jurídicas y naturales responsables de IVA, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año anterior (año gravable 2023) sean inferiores a 92.000 UVT, es decir por debajo de $ 3.901.904.000, están obligados a presentar y pagar la declaración de renta con una periodicidad cuatrimestral en las siguientes fechas:

  • Enero – abril: entre el 10 y el 24 de mayo de 2024.
  • Mayo – agosto: entre el 10 y el 23 de septiembre de 2024.
  • Septiembre – diciembre: entre el 13 y el 24 de enero de 2025.
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