El pasado junio, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, presentó una acción popular contra la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cartagena (ACUACAR S.A. E.S.P.) y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Según lo expresado en el documento, el mandatario invocó la vulneración de derechos e intereses colectivos relacionados con el acceso a una infraestructura de servicios que garantiza la salubridad pública, la eficiencia y oportunidad en la prestación de servicios públicos, y la seguridad y prevención de desastres. La acción también conecta estos argumentos con los derechos al agua potable.
Se refirió a que desde el 2023 se han presentado fallas recurrentes y progresivas en la prestación del servicio de acueducto, “reflejadas en interrupciones, bajas presiones y deficiencias operativas; entre los hechos reportados se encuentran afectaciones derivadas de la presencia de algas en las fuentes de abastecimiento, daños reiterados en tuberías e infraestructura crítica y múltiples suspensiones del servicio que han impactado a amplios sectores de la ciudad”.
El Distrito expuso que el fenómeno de floración masiva y persistente de microalgas y cianobacterias en las fuentes de captación escaló críticamente la situación, afectando la prestación del servicio durante 2024, 2025 y lo que va de 2026.
Por esta situación, Acuacar comenzó a implementar el pasado 11 de mayo paradas técnicas y un esquema de racionamiento por sectores. Esta medida afectó a cerca del 15 % de la población cartagenera. Lea también: Tribunal ordena a Acuacar suspender racionamientos, tras demanda de Dumek Turbay
Viendo que pasaban las semanas y no acababa el racionamiento, el Distrito interpuso la acción popular. Milton José Pereira, jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Alcaldía, argumentó un “peligro inminente de perjuicio irremediable sobre la salud pública, la vida digna y la seguridad alimentaria” ante el hecho.
“Desde la Oficina Asesora Jurídica estructuramos esta acción popular con un único norte: detener el perjuicio inminente al que estaba siendo sometida nuestra gente debido a las fallas operativas. Esta providencia no es solo una victoria jurídica para la Alcaldía Mayor, sino un triunfo directo para la calidad de vida de todos los cartageneros”, afirmó el funcionario.

El fallo del tribunal sobre la orden de terminar el racionamiento de agua en Cartagena
Tras realizar el estudio pertinente, el Tribunal Administrativo de Bolívar ratificó la medida cautelar de urgencia que le exigía a Acuacar suspender de manera inmediata el racionamiento.
Cabe recordar que el fallo judicial del Tribunal frena el esquema de cortes de la compañía. Además, establece exigencias operativas y de transparencia de cumplimiento obligatorio para la empresa. El Tribunal prohibió la interrupción programada del servicio hasta que la entidad judicial apruebe un Plan de Contingencia robusto y socializado.
El fallo también obliga a Acuacar a ejecutar medidas técnicas, limpiezas y monitoreos en los puntos de captación con el fin de mitigar el impacto del material biológico, indicó la providencia.
Adicionalmente, el Tribunal obliga a la empresa a un despliegue inmediato de carrotanques o puntos fijos de distribución gratuita. Esta medida aplica en sectores que experimenten cortes imprevistos mayores a 12 horas continuas.
También exige la publicación diaria de los sectores afectados, las presiones esperadas, los horarios de restablecimiento y las rutas de atención durante la contingencia, según estableció la decisión judicial.
Por último, mantuvo vinculada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y le ordenó ejercer una interventoría sobre el terreno para sancionar cualquier omisión en el cumplimiento de las medidas dictadas.
Ante esto, Acuacar argumentó, en su impugnación, que los racionamientos fueron levantados el pasado 1 de julio porque resultaban procedentes frente a las circunstancias existentes al momento en que fue decretada y no incidió en la legalidad de la providencia recurrida.
Sin embargo, el magistrado determinó que las decisiones posteriores de la empresa no anulan la necesidad de la protección cautelar. “Si bien la entidad recurrente aportó diversos elementos de convicción dirigidos a explicar las condiciones operativas que afrontaba el sistema de acueducto y las medidas implementadas para atender la contingencia, estos no permiten concluir que el cumplimiento de las órdenes judiciales genere un perjuicio cierto, concreto e inmediato de mayor entidad que aquel que precisamente se busca evitar mediante la protección cautelar”, señala el despacho.
Aunque el Tribunal negó el recurso de reposición, el caso pasa ahora a revisión en apelación ante el Consejo de Estado en efecto devolutivo, según lo dictaminó la providencia. Esto significa que las medidas de protección comunitaria continúan en plena aplicación.
Acuacar explica por qué terminaron los racionamientos de agua en Cartagena
Jhon Montoya Cañas, gerente general de Acuacar, explicó que las acciones desarrolladas en el sistema lagunar, el esquema de producción y la red de distribución permitieron restablecer las condiciones necesarias para dar por terminado el ajuste temporal implementado que duró casi dos meses. Le puede interesar: La razón por la que se terminaron los racionamientos de agua en Cartagena
Montoya aseguró que la recuperación de los niveles de producción hizo posible el cierre de la medida. “Somos conscientes de que las plantas de tratamiento operan actualmente al máximo de su capacidad de producción y a las mismas condiciones de la red de distribución, por lo que pueden presentarse intermitencias y bajas presiones en algunos sectores de la ciudad”, afirmó Montoya Cañas.
La empresa también hizo un llamado a los usuarios para hacer un uso racional del agua ante el incremento de la demanda asociado al fenómeno de El Niño, que continúa teniendo efectos sobre el consumo del recurso. “Podamos entre todos contribuir a la estabilidad del sistema y favorecer la prestación del servicio en toda la ciudad”, concluyó el directivo.

