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Cartagena

Alcaldía de Cartagena contratará cuarto frío para disposición de cadáveres

Esta fue una de las medidas anunciadas en una reunión realizada entre las EAPB, el Dadis y la Personería Distrital para evitar la acumulación de cuerpos.

Alcaldía de Cartagena contratará cuarto frío para disposición de cadáveres

Los personas fallecidas pueden ser sepultadas o cremadas. // AP

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La Alcaldía de Cartagena y los distintos entes de control siguen tomando medidas para evitar la acumulación de cadáveres en las clínicas, hospitales y casas de la ciudad.(Lea aquí: “El problema ya quedó solucionado”: Dau sobre acumulación de cadáveres)

La personera Distrital, Carmen De Caro, dio a conocer que ayer, 8 de junio, se reunió con las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio (EAPB) y el Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis) en busca de resolver las denuncias que los cartageneros han realizado sobre los diagnósticos equivocados que se estarían colocando en las actas de defunción, las demoras en el retiro de los fallecidos en las clínicas y residencias y la cremación de los cuerpos sin la autorización correspondiente.

En el encuentro, se determinó que las EPS divulgarán un número de teléfono directo en el que la ciudadanía podrá solicitar los certificados de defunción de las personas que fallecen en sus viviendas.

Por su parte, el Distrito anunció la contratación de un contenedor refrigerado para almacenar los cuerpos mientras se define si cremarlos o sepultarlos. (Lea aquí: Cuerpos de fallecidos por COVID-19 no se pueden cremar sin autorización)

El Dadis detalló que el contenedor será de 40 pies y con una capacidad de peso de 20 toneladas.

Además contará con un sistema de alimentación eléctrica que incluye transformador, cableado y todos los accesorios y equipos requeridos para su funcionamiento; 4 tomas reguladas de corriente para 110W, tablero de distribución de circuitos y un breaker de 50 amp; un juego de lámparas tipo led de mínimo 40W cada una (6 lámparas por contenedor); temperaturas para descongelación, refrigeración y congelación; el piso en perfil de aluminio ranurado o en acero inoxidable; las paredes exteriores en aluminio o acero inoxidable, mientras que las del interior en fibra de vidrio o paneles de aluminio para fácil limpieza y desinfección, entre otras especificaciones.

El protocolo

Es de recordar que el Dadis, a través de la circular AMC-CIR-000105-2020, indicó que las EAPB deben tomar muestras de las personas fallecidas, hospitalaria o domiciliaria, en caso de ser sospechosos, dentro de las 6 horas siguientes al deceso y adelantar las gestiones para que los resultados de laboratorio se produzcan a más tardar dentro de las 12 horas siguientes a la toma de la muestra a fin de evitar cremaciones innecesarias.

Esto teniendo en cuenta que en Cartagena solo funciona un horno crematorio, en el cementerio Jardines de Cartagena, el otro que brinda sus servicios a la ciudad hace parte de la jurisdicción de Turbaco, en el cementerio Jardines de Paz. (Lea aquí: “Dependemos de los hornos crematorios”: funerarias)

Además se le pide a las funerarias, entre otras cosas, solo pedir la certificación de la causa de muerte, pedir el consentimiento informado para cremaciones de cadáveres con diagnóstico de sospecha COVID-19 y disponer de espacios adecuados para ubicar transitoriamente los cadáveres con sospecha de coronavirus mientras se dirime la mejor decisión, ya sea por cremación o por sepultamiento. Los familiares son los autorizados para determinar la disposición final de los cuerpos.

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