Cartagena


[Análisis] Decreto del Gobierno no tumba el toque de queda en Cartagena

La ministra del Interior comunico el decreto en el que da recomendaciones a alcaldes y gobernadores para expedir normas de orden público. ¿Pero deja sin soporte el toque de queda?

Aunque la ministra del Interior dijo que los toques de queda establecidos en distintas ciudades del país quedarían sin vigencia porque el presidente de la república es la única autoridad legitimada para expedir normas de orden público en Colombia, el Decreto 418 de 2020 no especifica claramente que las medidas ya tomadas fueran revocadas. (Decreto del gobierno Duque pone en duda medidas de toque de queda en el país).

El decreto promulgado este miércoles 18 de marzo por el Gobierno nacional sostiene que las disposiciones del presidente sobre contención de amenazas de coronavirus serán erán prevalentes a las medidas tomadas por alcaldes y gobernadores.

Además, dice que las medidas de los mandatarios deben ser previamente coordinadas y estar en concordancia con las instrucciones del presidente, y ser comunicadas al Ministerio del Interior.

Sin embargo, el Decreto 418 no deroga las medidas tomadas previamente a su expedición ni le quita las facultades propias que tienen los alcaldes y gobernadores para regular el orden público por mandato constitucional.

Lo que dice el presidente es un marco general para regular y garantizar el orden público, pero la competencia específica para crear normas la tienen los alcaldes en cada uno de sus municipios, salvo limitaciones específicas fijadas en el decreto presidencial.

El alcalde, conforme a ese marco general, previa evaluación y conforme a principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad, puede restringir la circulación, el tránsito y la visita a espacios públicos, decretar toques de queda y restringir el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en determinados lugares. En virtud de las normas señaladas por el presidente, los gobernadores y los alcaldes están facultados para dictar medidas en materias de orden público, sin embargo deben ser articuladas, coordinadas con las del presidente y ser comunicados al Ministerio del interior.

Así, la medida de toque de queda decretado por el alcalde de Cartagena, William Dau, podría seguir vigente mientras el presidente no decrete directamente y explícitamente que debe ser derogado.

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