Este martes, 3 de mayo, el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, expidió el Decreto 0687, con el cual se adoptan medidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19 y decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable en la ciudad.
La nueva norma estará vigente desde las 00:00 horas del 3 de mayo de 2022, hasta las 24:00 horas del día 30 de junio de 2022.
El Decreto 0687 establece que el uso del tapabocas en espacios cerrados seguirá siendo obligatorio en Cartagena hasta tanto, se llegue al 70% de los esquemas completos de vacunación contra la COVID-19 y el 40% de los refuerzos.
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Es de precisar que de acuerdo con el reporte del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), la ciudad ya cumplió con el porcentaje exigido en esquemas completos, sin embargo, a corte 30 de abril de 2022 la vacunación en refuerzos iba en un 32%, lo que significa que faltaría aplicar 59.025 dosis para alcanzar la meta exigida por el Ministerio de Salud para eliminar las mascarillas en espacios cerrados.
En la nueva normativa, la Alcaldía determinó no exigir el carnet de vacunación contra el COVID-19 o el certificado digital de vacunación para el ingreso a eventos presenciales públicos o privados.
El tapabocas en otros espacios
Tal como se venía aplicando desde el mes de marzo, no será obligatorio el uso de tapabocas en espacios abiertos: calles, estadios, y en cualquier espacio abierto donde haya ventilación directa, como en parques y terrazas.
En los colegios, los alumnos deberán usar el tapabocas en el salón de clases, pero podrán retirárselo en horas de recreo o descanso, siempre y cuando estas transcurran en un espacio abierto.
Sin importar el avance de vacunación, seguirá siendo obligatorio el uso de mascarillas en las instituciones de salud, hogares geriátricos y el transporte público, estaciones de transporte masivo, los terminales de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial.
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Igualmente, se exigirá su uso en espacios cerrados donde no haya ventilación directa, tales como establecimientos de comercio, discotecas, oficinas, transporte de servicio público.
También se recomienda el uso permanente de tapabocas quirúrgico en personas con comorbilidades, cuadros respiratorios, así como en personas no vacunadas, cuando se visiten niños recién nacidos, adultos mayores y personas con comorbilidades.
En los centros comerciales mixtos, es decir, que tienen espacios abiertos y cerrados, en iglesias y salas de cine también se recomienda su uso.
