Cartagena


La “pequeña” cifra que pagarían quienes realicen actos sexuales en público

El escándalo sexual por el video de pareja teniendo relaciones en un balcón del Centro Histórico, sigue despertando indignación por lo que algunos consideran una multa muy baja.

El video de la pareja teniendo relaciones sexuales en un balcón del Centro Histórico a plena vista de todo el mundo, generó indignación. Pero esta se acrecentó cuando se conoció que a la mujer cartagenera y al hombre proveniente de Bogotá se les impuso órdenes de comparendo con una multa por valor aproximado de $416.662, lo que para algunos es muy poco.

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El proceder de la autoridades está determinado por lo que establece el Código Nacional de Policía en el Artículo 33 sobre los comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas. El artículo establece que “Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad”, configura una multa general tipo 3, equivalente a 16 SMDLV.

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Asimismo la ley establece que “No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias que las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten como expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

“Después de hacer lo que quisieron pagar 400 mil cada uno es nada, ellos sabían a lo que se exponían. Deberían multar también a quien grabó y montó los videos, eso también es delito”; “para eso es que vienen esa manada de pervertidos a la ciudad”; “ ¿por que afecta la tranquilidad? No. Por que afecta la moral”, fueron algunos de los comentarios en redes sociales.

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