Colombia

Giro judicial en el caso Aguas Vivas: anulan la imputación contra Daniel Quintero

La decisión fue adoptada durante una audiencia realizada este martes 14 de julio.

Giro judicial en el caso Aguas Vivas: anulan la imputación contra Daniel Quintero

El exalcalde de Medellín Daniel Quintero (Colprensa - Catalina Olaya)

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La jueza 22 Penal del Circuito de Medellín declaró la nulidad de la imputación de cargos contra el exalcalde Daniel Quintero Calle y varios exintegrantes de su administración dentro del proceso conocido como el caso Aguas Vivas.

La decisión, adoptada durante una audiencia realizada este martes 14 de julio, deja sin efectos la actuación procesal y obliga a que el expediente retroceda por las falencias identificadas en la formulación de la imputación.

El proceso penal se originó por la presunta modificación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) relacionada con el predio Aguas Vivas, avaluado en más de 40.000 millones de pesos, cuya restitución, según la investigación, habría sido irregular. Con la determinación judicial, la tesis presentada por la Fiscalía General de la Nación pierde, por ahora, el sustento de la imputación inicial.

El exprecandidato presidencial Daniel Quintero, en medio de una entrevista con El Universal. // Foto: Luis Eduardo Herrán.
El exprecandidato presidencial Daniel Quintero, en medio de una entrevista con El Universal. // Foto: Luis Eduardo Herrán.

La decisión acogió la solicitud de nulidad presentada por la defensa técnica, encabezada por el abogado Juan Felipe Criollo. Además de Daniel Quintero, la medida beneficia a Fabio García, Karen Bibiana Delgado, Alethia Arango, Ingrid González, Leidy Jiménez, Sergio López, Natalia Jiménez, Yina Pedroza y Carlos Mario Montoya, así como a los empresarios Juan Manuel Villegas, Juan Diego de Jesús Moreno y José Fernando Rueda. Lea: Tribunal revoca arresto contra el ministro Antonio Sanguino por tutela

¿Por qué la jueza anuló la imputación en el caso Aguas Vivas?

En los argumentos del fallo, la jueza concluyó que la Fiscalía incumplió su obligación de presentar una imputación con una estructura técnica, clara y comprensible. Según la providencia, el ente acusador no delimitó de manera adecuada las conductas atribuidas a cada uno de los procesados frente a los delitos imputados, situación que derivó en una afectación al derecho de defensa.

La funcionaria judicial sostuvo que la defensa tenía razón al advertir una vulneración del debido proceso. También señaló que la Fiscalía no satisfizo la exigencia prevista en el artículo 288 del Código de Procedimiento Penal, que obliga a exponer de forma clara y sucinta los hechos jurídicamente relevantes mediante un lenguaje comprensible. Le puede interesar: Cambia la fecha de la indagatoria de Álvaro Uribe tras petición de su defensa

Como consecuencia de esas deficiencias, la jueza aplicó el artículo 457 del Código de Procedimiento Penal y declaró la nulidad de la diligencia de formulación de imputación realizada el 8 de abril de 2025 contra Karen Viviana Delgado Manjarrez por el delito de interés indebido en la celebración de contratos. Esa determinación se extendió al resto de las imputaciones vinculadas al mismo proceso.

El efecto inmediato de la decisión es que la actuación penal regresa a una etapa anterior, por lo que la Fiscalía deberá revisar de manera integral la estructura de la acusación si decide presentar nuevamente una imputación contra Daniel Quintero y los demás investigados dentro del caso Aguas Vivas.

Durante la audiencia, la fiscal encargada del proceso anunció que interpondrá recurso de apelación contra la decisión judicial y solicitó el tiempo correspondiente para presentar la sustentación de ese recurso ante la autoridad competente.

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