El Gobierno Nacional, encabezado por el presidente Abelardo de la Espriella, dispuso la salida de los excombatientes ubicados en una Zona de Ubicación Temporal (ZUT) en Putumayo, pese a que un juez había suspendido provisionalmente la decisión que ordenaba el cierre del espacio.
La medida quedó consignada en la Resolución 215 de 2026, expedida por la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y firmada por el Consejero Comisionado de Paz encargado, Carlos Andrés Ríos.
El documento establece que una comisión humanitaria deberá garantizar la salida de los excombatientes entre las 00:00 horas del 1 de octubre y las 00:00 horas del 2 de octubre de 2026.
Defensoría advierte riesgos por salida de excombatientes en Putumayo
La decisión generó preocupación entre entidades que han intervenido en el proceso, debido a que podría producir, en la práctica, los mismos efectos del cierre de la zona que un juez había ordenado suspender temporalmente.
Juez había suspendido el cierre de la ZUT
El origen de la controversia se remonta al viernes 25 de septiembre, cuando el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, Putumayo, suspendió de manera transitoria una resolución del Gobierno que ordenaba el cierre de la Zona para la Capacitación Integral y Ubicación Temporal de Valle del Guamuez.
La decisión fue adoptada durante el estudio de una tutela presentada por 99 excombatientes, quienes argumentaron que el cierre de la zona podía poner en riesgo varios de sus derechos fundamentales.
La suspensión tenía carácter provisional y buscaba mantener las condiciones existentes mientras el despacho judicial estudia de fondo la acción de tutela.
Sin embargo, antes de que se produjera una decisión definitiva, el Gobierno expidió la Resolución 215 de 2026, mediante la cual ordenó organizar la salida física de los excombatientes que permanecen en el lugar y que no tengan órdenes de captura.
Defensoría pide al juez intervenir
Ante la nueva resolución, la Defensoría del Pueblo envió un oficio al juez Carlos Alexander Coral, del Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, en el que solicitó ampliar la medida cautelar existente para evitar que se materialice el cierre de la zona y pidió intervenir frente a la salida de los excombatientes.
La entidad advirtió que existe una diferencia entre suspender formalmente la terminación de la ZUT y permitir que las personas que permanecen allí sean retiradas.
Según la Defensoría, mientras la medida judicial suspendió transitoriamente la terminación de la zona, la Resolución 215 establece la salida física de quienes permanecen en ella. Para la entidad, esa actuación podría dejar sin efecto práctico la protección ordenada por el juez.
“La salida física de la zona, sin las condiciones mínimas de garantía de derechos fundamentales […] equivale materialmente a la terminación de la ZUT-ZOCIUT”, señaló la Defensoría en el documento conocido por Colprensa.
La entidad sostuvo además que permitir la salida en esas condiciones podría anticipar las consecuencias que la medida judicial buscaba suspender mientras se adopta una decisión de fondo.
¿Qué riesgos advierte la Defensoría?
Durante el trámite de la tutela, la Defensoría presentó un documento de 34 páginas en el que respaldó las solicitudes de los excombatientes y expuso las condiciones que, según la entidad, deberían garantizarse antes de cualquier traslado.
El organismo señaló que no existirían avances materiales suficientes en aspectos como la identificación individual, el análisis de riesgos, la activación de medidas de protección y la provisión de necesidades básicas posteriores a la salida.
También mencionó la necesidad de garantizar atención en salud, medios de vida, seguridad, resolver la situación jurídica de los excombatientes, coordinar acciones con las autoridades locales y étnicas y establecer rutas de traslado protegido.
La Defensoría indicó que los excombatientes han expresado temor por eventuales afectaciones a su vida, seguridad y dignidad, especialmente ante la situación de seguridad en la zona y la suspensión de las negociaciones de paz.
Entre los riesgos advertidos por la entidad están un eventual reclutamiento por grupos armados, represalias de organizaciones enemigas del antiguo grupo al que pertenecían, persecución por parte de la Fuerza Pública y dificultades para garantizar la seguridad de sus familiares.
La decisión queda en manos del juez
La controversia deberá ser resuelta por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, que estudia la tutela presentada por los excombatientes.
El punto central será determinar el alcance de la medida provisional adoptada el 25 de septiembre y si la salida física ordenada mediante la Resolución 215 puede ejecutarse mientras continúa el trámite judicial.
Por ahora, la Defensoría sostiene que ejecutar el traslado sin las garantías que ha solicitado podría hacer que la suspensión del cierre pierda efectos prácticos.

