A través un pronunciamiento oficial, la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) reiteró ante al Consejo de Estado su solicitud de nulidad del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó en 23 % el incremento del salario mínimo de 2026.
La organización gremial aseguró que el decreto del incremento al salario mínimo desconoció las parámetros dispuestos en la ley y en el Código Sustantivo del Trabajo.
“El decreto desconoció los parámetros obligatorios previstos en la Ley 278 de 1996 y en el Código Sustantivo del Trabajo, entre ellos la inflación, la productividad, el crecimiento económico, la participación de los salarios en el ingreso nacional y la capacidad económica de las empresas”, se lee en el comunicado emitido por Fenalco. Lea: ¿Habrá un aumento menor del salario mínimo en 2027? Esto dijo el nuevo MinHacienda
Desde @FenalcoNacional reiteramos ante el @consejodeestado nuestra solicitud de anular el Decreto 1469 de 2025, que fijó en 23 % el aumento del salario mínimo para 2026. El Gobierno anterior desconoció los parámetros establecidos por la ley y los reemplazó por una estimación sin sustento jurídico vinculante. Buscamos restablecer la legalidad, sin afectar los derechos de los trabajadores ni los salarios ya percibidos, y contribuir a que se definan con claridad las reglas para fijar el salario mínimo de 2027.
— Fenalco Nacional (@FenalcoNacional) October 8, 2026
Fenalco cuestiona los criterios utilizados para fijar el salario mínimo
El presidente de Fenalco, Jaime Cabal, cuestionó los criterios utilizados por el Gobierno anterior para establecer el incremento del salario mínimo y aseguró que la fijación del salario debe ajustarse a los parámetros establecidos por la ley.

“El Gobierno anterior no podía apartarse de los criterios establecidos por el legislador. La fijación del salario mínimo está sujeta a reglas que deben cumplirse”, señaló Cabal.
El dirigente gremial sostuvo que el desconocimiento de estas disposiciones sería una razón suficiente para que el Consejo de Estado declare la nulidad del decreto.
Según Cabal, la decisión del Gobierno se sustentó, en buena medida, en el concepto de ‘salario vital’, a partir de una estimación realizada por funcionarios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Sin embargo, el presidente de Fenalco señaló que este concepto no tiene carácter vinculante dentro de la normativa colombiana vigente.
En ese sentido, el gremio advirtió que el decreto no explica de qué manera fueron considerados los diferentes factores que exige la ley para determinar el salario mínimo.
Fenalco aclara que no busca afectar a los trabajadores
Cabal enfatizó en que la solicitud presentada por Fenalco no pretende que los trabajadores devuelvan los salarios que ya recibieron ni busca desconocer derechos adquiridos.
Por el contrario, explicó que la intención es que se precisen las reglas legales que deben aplicarse en el proceso de fijación del salario mínimo en Colombia.
Las declaraciones de Fenalco se producen después de que, en enero de 2026, el gremio demandara ante el Consejo de Estado el decreto mediante el cual se estableció el incremento del salario mínimo.
El proceso ha sido objeto de estudio por parte del alto tribunal. Recientemente, el Consejo de Estado unificó las demandas presentadas contra el aumento del 23 % decretado por el Gobierno, como parte del trámite previo a una decisión de fondo sobre el caso.

