El Gobierno Nacional estableció restricciones para la organización de las celebraciones navideñas en las entidades estatales, con el propósito de impedir que los presupuestos institucionales financien fiestas y encuentros cuyo objetivo sea exclusivamente recreativo. La determinación quedó establecida en la Circular Externa 10 de 2026, firmada por Carlos Ríos, director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).
La disposición está dirigida a ministros, directores de departamentos administrativos, superintendentes, gerentes, presidentes y representantes legales de organismos pertenecientes a los sectores central y descentralizado de la rama Ejecutiva.
Uno de los principales cambios tiene que ver con la utilización del dinero público para organizar eventos de diciembre. Las instituciones deberán abstenerse de contratar servicios o comprometer partidas presupuestales para financiar fiestas, banquetes, recepciones y agasajos que no respondan a una necesidad institucional debidamente justificada.
En el documento, el Ejecutivo establece expresamente el alcance de la medida: “Impartir el lineamiento de racionalizar y restringir la destinación de recursos públicos para la realización de celebraciones navideñas, agasajos, recepciones, banquetes y demás actividades de cierre de año cuya finalidad sea exclusivamente festiva, procurando que las apropiaciones presupuestales se orienten prioritariamente al cumplimiento de las funciones institucionales y a la satisfacción del interés general”.
¿Los funcionarios públicos deberán pagar las fiestas de Navidad?
La circular también establece condiciones sobre la participación de los empleados en las actividades de fin de año. Estas deberán tener carácter voluntario, por lo que ninguna entidad podrá imponer la asistencia ni exigir contribuciones económicas a sus trabajadores para cubrir los gastos de las celebraciones.
De esta manera, los funcionarios no podrán ser obligados a entregar dinero para financiar reuniones navideñas organizadas en sus lugares de trabajo. La medida busca evitar que las actividades festivas se conviertan en compromisos económicos o administrativos impuestos por las instituciones.

El Gobierno fundamenta las restricciones en los principios que deben orientar la administración del presupuesto estatal. Al respecto, la circular señala: “Que la gestión de los recursos públicos debe atender criterios de legalidad, economía, eficiencia, responsabilidad y adecuada planeación, de manera que su destinación responda a necesidades debidamente justificadas y contribuya al cumplimiento de los objetivos institucionales”.
Otro de los argumentos incluidos en la disposición apunta directamente a la justificación de los gastos navideños. El documento advierte: “Que las actividades de celebración navideña y de cierre de año de carácter exclusivamente festivo no constituyen, por sí mismas, justificación suficiente para comprometer recursos públicos, por lo que resulta pertinente promover criterios de austeridad y racionalización del gasto en las entidades destinatarias de la presente circular”.
¿Cómo controlarán los gastos de las celebraciones de fin de año?
Además de limitar la utilización de los recursos estatales, la instrucción contempla mecanismos de vigilancia preventiva sobre los presupuestos y la contratación. Las revisiones deberán permitir identificar posibles destinaciones irregulares de dinero hacia servicios logísticos, producción de eventos y otras actividades exclusivamente festivas.
La responsabilidad de aplicar estas disposiciones recaerá en los representantes legales y ordenadores del gasto, quienes deberán adoptar medidas administrativas para garantizar el cumplimiento de los criterios de austeridad. Sobre esta obligación, la circular establece: “Impartir el lineamiento de promover, por parte de los representantes legales y ordenadores del gasto, la adopción de medidas administrativas de austeridad para las celebraciones navideñas y actividades de cierre de año, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, procurando prevenir gastos innecesarios y fortalecer la eficiencia en la utilización de los recursos públicos”.
Con estas instrucciones, las entidades destinatarias deberán revisar sus decisiones presupuestales y contractuales relacionadas con las actividades de diciembre, de manera que los recursos públicos se mantengan destinados al cumplimiento de sus obligaciones institucionales.
