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Política

Procuraduría inhabilita a Dau por 9 años por sobrecostos en pruebas COVID-19

El Ministerio Público también inhabilitó a su secretario de Salud. Se señala que la decisión se toma ante las presuntas irregularidades presentadas en la adquisición de diez mil pruebas rápidas para el diagnóstico del COVID-19 en 2020.

Procuraduría inhabilita a Dau por 9 años por sobrecostos en pruebas COVID-19

Entrevista en las instalaciones del periodico El Universal al exalcalde de Cartagena, William Dau.

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La Procuraduría General de la Nación ha declarado responsable disciplinariamente al exalcalde de Cartagena, William Jorge Dau Chamatt, y al exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), Álvaro José Fortich Rebollo, por presuntas irregularidades en la adquisición de diez mil pruebas rápidas para el diagnóstico del COVID-19 durante el año 2020.

La sanción impuesta a William Dau Chamatt consiste en su destitución e inhabilidad general para ejercer funciones públicas durante un período de nueve años. Según el fallo en primera instancia de la Procuraduría, se encontró probado y no desvirtuado que Dau Chamatt, en su calidad de alcalde, permitió la contratación con la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda., la cual no tenía la capacidad para suministrar las pruebas requeridas, generando el incumplimiento del contrato. Lea aquí: Los duros cuestionamientos de la oposición al Gobierno Petro

Del mismo modo, Álvaro José Fortich Rebollo ha sido sancionado con destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo período de tiempo. Fortich, en su rol de director del Dadis en 2020, también fue hallado responsable de las irregularidades en el proceso de contratación.

Los antecedentes del caso Dau Covid-19

El 29 de abril de 2020, la Procuraduría inició una indagación preliminar sobre las irregularidades en la adquisición de las pruebas rápidas de COVID-19. Según el organismo de control, la empresa contratada no contaba con la disponibilidad necesaria de pruebas y no estaba habilitada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) para su comercialización. Además, los precios unitarios de los kits ofrecidos eran mayores en comparación con otros laboratorios acreditados. Le puede interesar: Abren indagación por compra de pruebas de coronavirus por el Distrito

El Ministerio Público subrayó que la falta de idoneidad del contratista desvirtuó las razones que motivaron la contratación de emergencia, que era la necesidad de un diagnóstico oportuno para permitir una respuesta inmediata a la crisis de salud pública generada por la pandemia.

Exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), Álvaro José Fortich Rebollo. // Archivo- El Universal
Exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), Álvaro José Fortich Rebollo. // Archivo- El Universal

La Procuraduría ha dispuesto notificar personalmente a los sancionados y ha advertido que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala de Servidores de Elección Popular. La sanción cobrará ejecutoria una vez la decisión sea firme y su ejecución procederá inmediatamente a través de la dependencia correspondiente, dado que no es procedente el recurso extraordinario de revisión en este caso.

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Los costos de las vacunas

El valor estimado de la contratación se establece en setecientos veinticinco millones de pesos. ($725.000.000) incluido IVA. Respecto al soporte técnico y económico del valor estimado, se indicó lo siguiente: Dirección de sanidad del ejército dispensario médico sur occidente “Héroes de Rocame Hijos del Estado Colombiano, Seins S.A.S., Mercado Libre.

En las cotizaciones se incluyeron varios elementos a contratar, incluyendo insumos médicos que no formaban parte del Contrato No. 08 de abril 8 de 2020. En particular, para el ítem “Kit de pruebas de laboratorio”, solo se presentó la cotización de la empresa Rocamed Hijos, con un valor unitario de ochenta y nueve mil doscientos cincuenta pesos ($89.250).

Según la Procuraduría, se infiere de lo anterior que la alcaldía de Cartagena no solicitó cotizaciones a otras empresas para adquirir las pruebas rápidas para el diagnóstico del COVID-19. En los documentos del proceso (estudios de mercado y análisis del sector) no se registra constancia de las empresas a las que se les solicitó la cotización para realizar dicho análisis.

El documento Anexo No. 1, titulado “Justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable”, firmado por el director del Departamento Administrativo Distrital de Salud, establece que, “teniendo en cuenta las cotizaciones presentadas por diferentes proveedores según las especificaciones técnicas de los productos, se realizó el cálculo aritmético que determinó el valor oficial del presente proceso contractual”. Sin embargo, no se mencionan ni adjuntan las cotizaciones supuestamente consideradas para determinar el valor unitario oficial de las pruebas rápidas para la detección del COVID-19 de setenta y cinco mil pesos ($75.000).

En respuesta emitida por Néstor José Monterrosa, jefe de la oficina jurídica de la Alcaldía de Cartagena, se afirmó que las cotizaciones existentes dentro del proceso contractual fueron de la empresa Hijos y Roca Ltda., y Ventas, Distribución y Marketing Ltda., correspondientes a otro proceso contractual (contrato No. 007 de 2020), según las documentales allegadas.

Este medio se contactó con el exalcalde, pero no obtuvo respuestas.

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