El alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, interpuso una acción de tutela contra la diputada Karen Violette Cure Corcione, exigiendo una rectificación pública por las acusaciones de corrupción vertidas en su contra durante una sesión de la Asamblea Departamental del pasado enero.
En la demanda, Turbay Paz argumenta que las declaraciones de la diputada vulneran sus derechos al buen nombre, la honra y la rectificación en condiciones de equidad. Lea también: ¿Contra Dumek Turbay? Carlos Antonio Vélez y sus polémicas declaraciones

¿Qué le dijo Karen Cure a Dumek Turbay?
Según el también exgobernador de Bolívar, el pasado 19 de enero la diputada Cure lo acusó públicamente de “comprar fiscales” y de tener un “historial corrupto y ratero” durante su gestión como gobernador.
En la acción de tutela, Turbay Paz señala que estas afirmaciones son consideradas difamatorias y carentes de sustento legal. El mandatario sostiene que estas acusaciones, difundidas a través de medios institucionales y redes sociales, causaron un grave daño a su reputación y a la tranquilidad de su familia.
Turbay Paz solicitó formalmente a la diputada Cure una rectificación que reconociera la falsedad de las imputaciones, aclarara la inexistencia de condenas en su contra y se difundiera con el mismo alcance que las acusaciones originales. Ante la falta de respuesta, el exgobernador recurrió a la acción de tutela para proteger sus derechos fundamentales.
En el fallo se relata que la diputada Cure, por su parte, argumenta que sus declaraciones se enmarcan en el ejercicio de su función de control político y que se refieren a cuestionamientos sobre el uso de recursos públicos durante la gestión de Turbay.
Cure Corcione afirma que sus expresiones no tuvieron la intención de imputar delitos y que el exgobernador, como figura pública, está sujeto a un mayor escrutinio.
¿Qué pide exactamente el alcalde Dumek Turbay contra la demanda a Karen Cure?
En su acción de tutela, Dumek Turbay solicita que se ordene a la diputada Karen Cure realizar una rectificación pública en la que se evidencie la falsedad de las acusaciones realizadas durante la sesión de la Asamblea Departamental.
“Aclarar públicamente que no existe sentencia condenatoria ni prueba alguna que respalde sus imputaciones. 2. Realizar la rectificación con el mismo ímpetu, despliegue, énfasis, alcance y difusión con que fueron emitidas las manifestaciones lesivas, esto es, en sesión pública y por los mismos medios de transmisión.3. Abstenerse de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que continúan lesionando mis derechos fundamentales”, resalta la demanda.

La decisión del juez ante la demanda de Dumek Turbay a Karen Cure
Ante las anteriores versiones, el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena señaló que la demandada (Karen Cure) "culpabiliza por sí misma al actor sin sentencia judicial ejecutoriada que la respalde".
“Se precisa que la fustigada (Cure Corcione) no demostró ninguna de sus excepciones, además que algunas ni siquiera tienen piso jurídico, puesto que el mecanismo de control político debe realizarse, a la luz de la interpretación del artículo 39 de la Ley 2200 de 20221 , para ante ‘los secretarios de despacho, a los gerentes, y/o representantes legales de entidades descentralizadas del departamento, así como al contralor departamental’, y no ante el Gobernador del Departamento respectivo, y mucho menos ante un exgobernador”, detalla el fallo.
El juzgado admitió la acción de tutela y le solicitó a la diputada Cure que rindiera un informe detallado sobre los hechos materia de la demanda.
“Esta casa judicial resuelve ordenar a la señora Karen Violette Cure Corcione aclare públicamente que no existe sentencia condenatoria ni prueba alguna que respalde las imputaciones realizadas por ella contra el Señor Dumek Turbay Paz y la Fiscalía General de la Nación”, recalca el juzgado.
Y agrega: “Realice la rectificación de las declaraciones por los mismos medios de transmisión, con el mismo despliegue, énfasis, alcance y difusión con que fueron emitidas las manifestaciones lesivas, como también en realizar la rectificación en la próxima sesión pública de la Asamblea Departamental de Bolívar que sea transmitida por los canales institucionales o cualquier otro que cuente con un nivel igual o superior de difusión bajo los mismos términos ordenados en el numeral anterior”.
El fallo concluye en ordenar a la diputada que “se abstenga de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que lesionen los derechos fundamentales del actor y de cualquier institución pública”. Le puede interesar: Alcalde aclara quién asumirá reparación del embarcadero recién inaugurado de Playa Blanca

