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Sucre

Cabildos indígenas deberán ser consultados sobre proyecto de doble calzada

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La Corte Suprema de Justicia, sala de Casación Laboral, concedió el amparo al derecho fundamental a la consulta previa a los cabildos menores indígenas Zenú, de La Negra, Huertas Chichas Arriba, Mateo Pérez y El Guaimaro, que se encuentran ubicados en la jurisdicción del proyecto de doble calzada Sampués – Sincelejo.

Asimismo, ordenan al Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Consulta Previa y a la sociedad Autopistas de la Sabana S.A.S., para que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, den inicio a las medidas necesarias para ejecutar los actos tendientes a identificar, informar y concertar el desarrollo del proyecto “Construcción de la Segunda Calzada de Sampués–Sincelejo”.

La Corte, en su decisión, revoca la sentencia del Tribunal Superior de Sincelejo de 12 de marzo de 2015 que negó el amparo de tutela de las comunidades al debido proceso y a la consulta previa, bajo el argumento de que los accionantes tenían a su alcance la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y podían solicitar la suspensión del acto administrativo como medida cautelar.

El fallo del Tribunal fue impugnado por Jadín Díaz Payarez, apoderada de los accionantes, indicando que la queja interpuesta no carece de inmediatez pues la transgresión de los derechos invocados subsiste y aclaró que en enero de 2014 se le informó a la empresa Autopistas de la Sabana S.A.S. la existencia de otras parcialidades indígenas dentro del área de influencia del proyecto, así como la necesidad de agotar el trámite de consulta previa.

La apoderada insistió en las afectaciones descritas en el escrito de tutela, por lo que dichas comunidades deben ser consultadas por todo el proyecto, “ya que a diario hacen sus recorridos hacia Sampués o Sincelejo, más cuando las salidas de los caminos que comunican con esta carretera es utilizada por los integrantes de 16 cabildos más; es evidente que el proyecto impactará en la población indígena de Zenú”.

Según la Corte Suprema de Justicia, en este asunto vulnera el derecho fundamental a la consulta previa, entre otros, debido a que la ejecución del proyecto de la segunda calzada Sampués – Sincelejo, cuyo trazado pasa por la jurisdicción de los cabildos indígenas de los accionantes, influirá en las condiciones de vida de sus integrantes.

Tutelan derecho a la consulta previa a indígenas de Sampués. MANUEL SANTIAGO PÉREZ/EL UNIVERSAL/
Tutelan derecho a la consulta previa a indígenas de Sampués. MANUEL SANTIAGO PÉREZ/EL UNIVERSAL/
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