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Cartagena

Nueva decisión judicial sobre obras del Mirador del Sol, en el Malecón del Mar

El Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena tomó una nueva respuesta a la demanda en primera instancia contra el proyecto. Conozca cuál fue el fallo.

Nueva decisión judicial sobre obras del Mirador del Sol, en el Malecón del Mar

Una demanda buscaba frenar las obras del Mirador del Sol del Gran Malecón del Mar. // Foto: Cortesía - Alcaldía de Cartagena.

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El proyecto Gran Malecón del Mar en Cartagena continúa su curso luego de que un juez negara en segunda instancia una demanda que buscaba frenar la construcción del Mirador del Sol.

De acuerdo con el Distrito, esta nueva decisión judicial deja firme la continuidad de las obras del proyecto, ante la disputa que buscaba frenar el desarrollo de la infraestructura en el sector de Crespo. Lea también: Gran Malecón del Mar sigue: Juez rechaza nueva tutela contra la obra

Cabe recordar que la demanda fue instaurada contra la Alcaldía Mayor de Cartagena, Curaduría Urbana n.° 1, Curaduría Urbana n.° 2, Procuraduría 3 Judicial II para Asuntos Ambientales, Minero-Energéticos y Agrarios de Cartagena, Establecimiento Público Ambiental de Cartagena, Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. y Consorcio Gran Malecón del Mar.

Esta decisión responde a una impugnación contra el fallo del pasado 24 de febrero, emitido por el Juzgado 803 Civil Municipal Transitorio de Cartagena.

Fallo de segunda instancia niega suspensión de obras del Mirador del Sol. // Foto: Cortesía - Alcaldía de Cartagena.
Fallo de segunda instancia niega suspensión de obras del Mirador del Sol. // Foto: Cortesía - Alcaldía de Cartagena.

¿Qué argumentos presentó el demandante contra el Mirador del Sol?

Manuel Julio Torres, quien interpuso la demanda, aclaró que su intención no era detener toda la obra del Gran Malecón del Mar. Según el accionante, su solicitud se limitaba a la suspensión de la obra específica del Mirador del Sol en los límites del mar Caribe, en el barrio Crespo.

A su vez, aduce que la demandada, Aguas de Cartagena (Acuacar), descarga todo su potencial contaminante a la laguna del Cabrero, caño de Juan Angola, Ciénega de la Virgen, entre otros, “causando la muerte de por lo menos 20 personas en lo que va del año, entre los que se encuentran menores de edad”.

Alega que los demandados han ignorado la Constitución política colombiana y la ley; en tal sentido, “no hubo consulta previa con las comunidades raizales y negras, que en su mayoría dependen económicamente de la pesca en esta zona que considera altamente afectada”.

Además, señala que dichas actuaciones son propias de peculado por apropiación y ha causado la afectación de los derechos a la vida, la salud, ambiente sano, mínimo vital.

Torres solicita que se le conceda la acción de tutela como un mecanismo transitorio para proteger los derechos a la vida, la salud, ambiente sano y mínimo vital. Aduce que estos han “sido afectados al grupo de pescadores y comunidades aledañas de la zona, en la que se lleva a cabo la gran obra”.

La decisión en segunda instancia deja en firme la continuidad de las obras del proyecto "Mirador del Sol - Gran Malecón". // Foto: Cortesía - Alcaldía de Cartagena.
La decisión en segunda instancia deja en firme la continuidad de las obras del proyecto "Mirador del Sol - Gran Malecón". // Foto: Cortesía - Alcaldía de Cartagena.

¿Qué dijo el juez sobre la obra del Mirador del Sol?

Tras revisar las denuncias de afectaciones al mínimo vital y al trabajo de los pescadores, el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena consideró que el demandante no demostró por qué la acción popular resultaba ineficaz en su caso.

“La acción popular satisface el juicio de eficacia dado que el accionante no logró demostrar de manera clara y suficiente que dicho medio no fuera idóneo o efectivo para resolver el problema”, señala el juzgado.

Enfatizó que el accionante cuenta con otras vías legales y medios ordinarios de defensa para demandar los actos administrativos y las licencias de construcción. El Juzgado determinó que la acción de tutela es improcedente debido al principio de subsidiariedad.

El despacho judicial precisó que no se acreditó una violación clara de derechos fundamentales individuales que sea independiente de la afectación colectiva alegada. Según el Juzgado, no se presentó prueba en derechos fundamentales.

“Admitir la procedencia de esta tutela implicaría pasar por alto el papel constitucional que cumplen las acciones populares dentro del sistema jurídico colombiano. Asimismo, supondría desconocer que, desde la entrada en vigor de la Ley 472 de 1998, los jueces encargados de este tipo de acciones cuentan con mecanismos procesales y herramientas probatorias suficientes para adoptar medidas de carácter estructural, encaminadas a satisfacer las pretensiones planteadas por el accionante a través de la tutela”, indicó el juzgado.

SENTENCIASEGUNDAINSTANCIA by espriellaperezesteban

El impacto de las obras del Gran Malecón del Mar

El megaproyecto del Gran Malecón del Mar proyecta alcanzar 784 puestos de trabajo y consolida la infraestructura como motor de crecimiento económico. Actualmente, este proyecto genera 100 empleos directos.

Según la Alcaldía de Cartagena, las obras ya generan 1040 empleos directos, cifras que se quintuplicarían en las siguientes fases de los trabajos.

Es importante resaltar que el pasado 30 de marzo, el Distrito logró un acuerdo histórico con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) para recibir a título gratuito el Parque Lineal de Crespo y seis espolones.

Según la Alcaldía, esto permite a la administración local asumir el control total de estas áreas para modernizarlas e integrarlas al trazado del proyecto del Gran Malecón del Mar. Lea también: ANI entregará Parque Lineal de Crespo y 6 espolones al Distrito de Cartagena

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