La Alcaldía de Cartagena, a través del Despacho de Juzgamiento Disciplinario, impuso una sanción de destitución e inhabilidad por ocho años a Luis Hernán Negrete Blanco, exalcalde de la Localidad 1 Histórica y del Caribe Norte.
La autoridad disciplinaria profirió esta decisión en primera instancia el pasado 23 de junio, por presuntas irregularidades detectadas en procesos de contratación que Negrete Blanco adelantó durante el 2021. Lea también: ¿Falsificación de documentos? Presuntas irregularidades en Alcaldía local
De acuerdo con el despacho, la sanción contra el exfuncionario del gobierno distrital de William Dau Chamat se estableció luego de la valoración del material probatorio recaudado durante la investigación.

¿Por qué sancionan al exalcalde local de Cartagena, Luis Negrete?
La autoridad disciplinaria concluyó que el entonces funcionario incurrió en una falta gravísima. Según la entidad, él aprobó y suscribió pliegos de condiciones que incorporaban requisitos considerados desproporcionados y restrictivos para la participación de oferentes.
Con esta acción, “Negrete Blanco desconoció principios fundamentales de la contratación estatal, como la transparencia, la selección objetiva y la libre concurrencia”.
El fallo precisó que, aunque las autoridades inicialmente habían formulado la conducta a título de dolo, el análisis integral del proceso permitió establecer que la responsabilidad correspondió a culpa gravísima.
La autoridad judicial evidenció una desatención grave de los deberes funcionales que recaían sobre el entonces ordenador del gasto durante la etapa precontractual de los procesos analizados.
Como consecuencia de esta determinación, el despacho declaró disciplinariamente responsable al investigado. También impuso la sanción principal de destitución del cargo e inhabilidad general por el término de ocho años.
Las autoridades tuvieron en cuenta los criterios de proporcionalidad previstos en el Código General Disciplinario para establecer esta medida.

Las autoridades disciplinarias consideraron la ausencia de antecedentes disciplinarios del exfuncionario como una circunstancia atenuante.
Sin embargo, también evaluaron la jerarquía del cargo y el impacto de los procesos contractuales objeto de análisis como factores de agravación. Estos elementos resultaron fundamentales para graduar la sanción impuesta a Negrete Blanco.
Un informe elaborado por la Fundación Cívico Social Pro Cartagena (Funcicar) sobre presuntas malas prácticas en la contratación de las localidades de Cartagena originó la actuación disciplinaria.
Según el Distrito, este reporte dio lugar a una investigación que comprendió la revisión de múltiples procesos contractuales que la Alcaldía Local 1 adelantó durante la vigencia de 2021.
Además, Funcicar estableció en su informe que ningún proceso de la Localidad 1 en 2021 reportó información sobre la ejecución contractual. Tampoco presentaron informes de supervisión, actas de avance con ítems cumplidos y ejecutados, ni facturas.
Según la fundación, el 60 % de estos procesos, a pesar de tratarse de modalidades competitivas, tuvo un único oferente habilitado que competía por el contrato, presuntamente “a dedo”. Solo el 30 % de los procesos contó con dos o más proponentes, correspondiente a los de mínima cuantía.
“La Alcaldía de la Localidad 1 celebró 20 contratos en 2021, la mayoría de ellos a través de selección abreviada o menor cuantía, invirtiendo un valor total de 10.446 millones de pesos. En esta cifra se incluyen las adiciones de cuatro de los procesos, las cuales sumaron un total de $648.912.840”, informó Funcicar en su informe.
Y agregó: “La mitad de los procesos que contaron con adiciones no justificaron la inversión de dichos recursos ni detallaron la manera en que serían invertidos”.
"Como todo servidor público, estuve sujeto al control disciplinario por las decisiones adoptadas en el ejercicio de mis funciones y siempre he sido respetuoso de las instituciones y de las actuaciones de las autoridades competentes", indicó Negrete Blanco.
Y añadió: "Precisamente por esa razón haré uso de los mecanismos de defensa previstos en la ley, con la convicción de que existen fundamentos jurídicos que serán expuestos en la segunda instancia".
Es importante resaltar que la decisión corresponde a un fallo de primera instancia. En garantía del debido proceso, Negrete Blanco podrá ejercer los recursos contemplados en la legislación vigente antes de que la decisión quede en firme.

