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Cartagena

¡Pilas! Nueva rotación de pico y placa en Cartagena desde el lunes 1 de abril

El pico y placa cambia para vehículos particulares, motocicletas y taxis. Conozca la nueva rotación y evite multas.

¡Pilas! Nueva rotación de pico y placa en Cartagena desde el lunes 1 de abril

Los vehículos que infrinjan el pico y placa serán sancionados por el DATT. // Julio Castaño.

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La medida del pico y placa para vehículos particulares, motocicletas y taxis continúa vigente en Cartagena; sin embargo, desde este lunes 1 de abril la rotación cambia.

Es de precisar que el pico y placa busca, según el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), contribuir a la descongestión vehicular, mejorar el flujo de automotores y disminuir los índices de siniestralidad vial en el Distrito.

Particulares

A través del Decreto 002 de 2024, la Alcaldía de Cartagena estableció que la medida opera de lunes a viernes con excepción de los días festivos, en los horarios de 7 a.m. a 9 a.m., de 12 p.m. a 2 p.m. y de 6 p.m. a 8 p.m.

El pico y placa para particulares cambia trimestralmente, por lo que esta nueva rotación regirá hasta el 28 de junio.

Lunes: 1 y 2

Martes: 3 y 4

Miércoles: 5 y 6

Jueves: 7 y 8

Viernes: 9 y 0

El pico y placa de particulares solo aplica en algunas vías de la ciudad entre ellas: Transversal 54, avenida Pedro de Heredia, Troncal de Occidente, avenida Santander, avenida Pedro Romero, avenida San Martín, avenida Blas de Lezo, avenida Pedro Romero, avenida Luis Carlos López, avenida del Consulado, avenida Rafael Núñez, avenida del Lago, Corredor de Carga, avenida Crisanto Luque, puente Román y vías internas de la ciudad amurallada. Le puede interesar: Estos son los vehículos que están exentos del pico y placa en Cartagena

Motocicletas

A través del Decreto 0007 de 2024, la Alcaldía de Cartagena estableció que el pico y placa para las motos opera en toda la ciudad de lunes a viernes con excepción de los días festivos entre las 5 a.m. y las 11 p.m.

El pico y placa para motos también cambia trimestralmente, por lo que esta nueva rotación regirá hasta el 28 de junio.

Lunes: 1 y 2

Martes: 3 y 4

Miércoles: 5 y 6

Jueves: 7 y 8

Viernes: 9 y 0

Las restricción aplica para las motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con pedaleo asistido con motor.

De la medida solo están exentas las motocicletas impulsadas exclusivamente por motores eléctricos o cero emisiones contaminantes; motocicletas al servicio de personas con discapacidad cuya condición motora, sensorial o mental limiten su movilidad; motocicletas de organismos de seguridad del Estado; de las autoridades de tránsito; de organismos de socorro; de escoltas, supervisores, vigilantes y coordinadores adscritos a las empresas de vigilancia; de domiciliarios de droguerías para el reparto de medicamentos, entre otros. Le recomendamos: Estas son las motocicletas que sí pueden circular en pico y placa

Taxis

De acuerdo con el Decreto 1145 del 25 de agosto de 2023, el pico y placa para taxis rige entre las 6 a.m. y las 6 a.m. del día siguiente.

A diferencia del pico y placa para particulares y motos, el pico y placa de taxis cambia mensualmente, por lo que esta nueva rotación regirá hasta el 26 de abril.

Lunes: 5 y 6

Martes: 7 y 8

Miércoles: 9 y 0

Jueves: 1 y 2

Viernes: 3 y 4

Durante la restricción, podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, los cuales deberán desmontar la silla trasera y portar un aviso en el vidrio frontal que diga “Vehículo en mantenimiento por pico y placa”.

Sanciones

Los conductores de vehículos particulares, motos y taxis que incumplan el pico y placa y transiten por sitios restringidos o en horas prohibidas serán sancionados con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), además el vehículo será inmovilizado. Lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010.

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