Desde este miércoles 24 de enero Cartagena y hasta el próximo 2 de febrero Cartagena vive las Fiestas de la Virgen de La Candelaria.
Con el propósito de garantizar la seguridad y tranquilidad durante estas festividades, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay, expidió el Decreto 077, que fija las medidas de orden público en la ciudad. Lea aquí: Las misas y eventos en La Popa durante las Fiestas de La Candelaria
Restricciones de circulación$>
El documento restringe la circulación de todo tipo de vehículos hacia la cima del cerro de La Popa entre las 5:00 a.m. y las 8:00 a.m. y entre las 5:00 p.m. y las 9:00 p.m., desde el 24 de enero hasta el 2 de febrero.
Quedan exentos de la medida los vehículos de seguridad, servicios públicos y destinados a la atención de emergencias, tales como ambulancias, bomberos, policías, vehículos del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), recolección de basuras, mantenimiento de servicios públicos domiciliarios y al servicios de la curia. También se exceptúan los vehículos de los residentes de la subida de La Popa.
En todo caso los vehículos permitidos hasta la cima deben tener un peso máximo de 5 toneladas y máximo 22 pasajeros.
También se restringe la circulación de personas hacia la cima del cerro de La Popa entre las 9:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente, desde el 24 de enero hasta el 2 de febrero de 2024.
Quedan exentos de la medida las personas que residan en la subida de La Popa.
También está prohibida la ubicación de vendedores estacionarios o ambulantes en el espacio público, en áreas adyacentes, en la subida y cima del Convento de Santa Cruz de La Popa, así como las zonas de influencia de dichas festividades, especialmente en los barrios Lo Amador, El Toril y Pie de La Popa. Le puede interesar: Festival del Frito 2024 repite en Chambacú: estas son algunas novedades
Se exceptúan las personas que cuenten con el permiso temporal tramitado ante la Gerencia de Espacio Público y Movilidad, que además determinará las zonas de espacio público a ocupar en la subida de La Popa.
También está prohibido el estacionamiento de cualquier clase de vehículo dentro de los 100 metros a la redonda de la subida al cerro de La Popa.
Otras medidas$>
Desde el 24 de enero hasta el 2 de febrero también rigen en la ciudad las siguientes medidas:
- Se prohíbe la realización de espectáculos públicos o eventos privados que conlleven la utilización de cualquier clase de artefactos de amplificación sonora que generen alteraciones a la tranquilidad y convivencia, en los barrios: Lo Amador, El Toril, Pie de La Popa, Barrio Chino, El Espinal, Pie del Cerro, La Quinta, Santa Rita, Paseo Bolívar, Pablo VI, Nariño, Loma Fresca, Los Comuneros, Kennedy, Petare, La Bendición de Dios y Navas Meisel.
Se exceptúan los eventos que cuenten con el permiso oportunamente tramitado y concedido por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
- Los establecimientos de comercio con venta y consumo de bebidas embriagantes en los barrios: Lo Amador, El Toril, Pie de la Popa, Barrio Chino, El Espinal, Pie del Cerro, La Quinta, Santa Rita, Paseo Bolívar, Pablo VI, Nariño, Loma Fresca, Los Comuneros, Kennedy, Petare, La Bendición de Dios, Navas Meisel, tendrán como hora de cierre las 23:00 horas.
- Se prohíbe la fabricación, el porte, el almacenamiento, la venta y distribución, la manipulación y el uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier artefacto explosivo al aire libre o en espacios cerrados, de categorías dos y tres, de conformidad a la Ley 2224 de 2022 y demás disposiciones que regulan la materia, en los barrios: Lo Amador, El Toril, Pie de La Popa, Barrio Chino, El Espinal, Pie del Cerro, La Quinta, Santa Rita, Paseo Bolívar, Pablo VI, Nariño, Loma Fresca, Los Comuneros, Kennedy, Petare, La Bendición de Dios y Navas Meisel.
La realización de espectáculos o demostraciones públicas con fuegos artificiales o artículos pirotécnicos de categorías tres y profesional, que cumplan con todas las medidas de seguridad, podrán ser autorizados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, previo el lleno de los requisitos legales establecidos por la normatividad vigente.
Los menores de edad que se encuentren inmersos en cualquiera de las conductas, previamente descritas, serán conducidos por la Policía de Infancia y Adolescencia ante la autoridad competente: Comisaría de Familia o Defensor de Familia, quienes determinarán las medidas de protección a adoptar.
Adicionalmente, los representantes legales del menor infractor, o los adultos que permitan o induzcan al menor, o a quienes se les encuentre responsables por acción o por omisión de la conducta descrita en el presente artículo, “se hará acreedor a la sanción pecuniaria establecida en el artículo 30 parágrafo 3 de la Ley 1801 de 2016, sin perjuicio de las demás sanciones penales acorde con la normatividad vigente”.
El 2 de febrero, día de la procesión de Nuestra Señora de La Candelaria, desde el Convento de La Popa hasta la Iglesia La Ermita en el barrio Pie de La Popa, estará restringido el tránsito vehicular en los tramos de vías por los cuales se desarrollará el recorrido.
El plan de manejo de tráfico con ocasión a la procesión se dará a conocer en los próximos días por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT).
