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Despidos en la DNI tendrán límites tras decisión del Consejo de Estado

El fallo introduce ajustes que impactan directamente a quienes toman decisiones dentro del organismo.

Despidos en la DNI tendrán límites tras decisión del Consejo de Estado

Despidos en la DNI tendrán límites tras decisión del Consejo de Estado. // Foto: Colprensa

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El Consejo de Estado fijó nuevas reglas sobre los despidos dentro de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), al precisar que las decisiones de retiro de personal no pueden adoptarse sin garantías mínimas de defensa ni sin una justificación verificable.

La Sala de Consulta y Servicio Civil estableció que los directivos del organismo de inteligencia no tienen una facultad ilimitada para desvincular funcionarios. Por el contrario, su actuación debe ajustarse a criterios constitucionales claros. Según explicó el alto tribunal, la autoridad del nominador “tiene límites constitucionales de racionalidad, proporcionalidad y razonabilidad”, lo que restringe decisiones arbitrarias dentro de la entidad. Lea: Inteligencia advierte vulneración en la DIAN previo a elecciones

Uno de los puntos más relevantes del pronunciamiento tiene que ver con los casos en los que un funcionario no supera pruebas de confiabilidad, como el polígrafo o la verificación de antecedentes. En estos escenarios, la corporación indicó que el despido no puede ser automático. Antes de tomar una decisión, la DNI deberá activar un procedimiento que permita al trabajador conocer las razones de su posible retiro y ejercer su derecho a la defensa.

La Sala fue enfática en que estos actos “deben estar fundados en un procedimiento previo que permita al retirado ser informado y presentar los descargos, además de soportarse en razones objetivas y estar motivados”, lo que obliga a la entidad a sustentar cualquier determinación con elementos verificables y a contar con un concepto previo de un comité institucional.

Reglas para despidos por pérdida de confianza

El análisis también abordó las desvinculaciones que se producen por la llamada pérdida de confianza, una figura frecuente en entidades del Estado. En estos casos, el Consejo de Estado avaló que los directivos puedan declarar insubsistente a un funcionario sin necesidad de un acto administrativo extenso. Sin embargo, impuso una condición clave: dejar constancia detallada de las razones del retiro.

Consejo de Estado. // Foto: Colprensa
Consejo de Estado. // Foto: Colprensa

De acuerdo con la decisión, la DNI deberá registrar en la hoja de vida del funcionario “el hecho y de las causas que ocasionaron su retiro”, con el fin de evitar decisiones caprichosas o motivadas por intereses personales. El tribunal subrayó que estas medidas deben estar orientadas al mejoramiento del servicio público y no a retaliaciones internas.

División entre magistrados por alcance de garantías

La determinación no fue unánime. El consejero John Jairo Morales Alzate salvó su voto al considerar que las garantías de defensa no deberían variar según el tipo de desvinculación. A su juicio, “siempre que se vaya a realizar la discrecionalidad del retiro por el nominador, deberá darse la discusión o justificación ante el comité asesor”.

El magistrado argumentó que los funcionarios de inteligencia manejan información sensible para la seguridad nacional, por lo que cualquier proceso de retiro debería contar con controles más estrictos y homogéneos.

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