La incertidumbre sobre el salario mínimo en Colombia continúa. Este martes 14 de abril, la Sección Segunda del Consejo de Estado dejó en firme la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, norma con la que el Gobierno Nacional había fijado un incremento del 23,7 % para este año.
Con esta determinación, el aumento decretado sigue sin efectos jurídicos mientras se resuelve de fondo la legalidad del acto administrativo.
El alto tribunal no solo ratificó la medida cautelar impuesta el pasado 12 de febrero, sino que además ordenó al Ejecutivo expedir un nuevo decreto con un aumento transitorio del salario mínimo.
En su pronunciamiento, el Consejo de Estado fue claro en señalar que tiene la facultad de ordenar a las autoridades administrativas adoptar medidas necesarias para proteger el objeto del proceso, sin que esto implique una intromisión en las funciones del Ejecutivo. En ese sentido, indicó que el Gobierno debe definir un nuevo porcentaje de incremento, ajustado a los criterios legales vigentes.
¿Qué pasará con el salario mínimo tras la decisión del Consejo de Estado?
El fallo también precisa que no se establece un porcentaje específico para el alza, por lo que será el Gobierno el encargado de fijarlo de manera provisional, mientras se emite una sentencia definitiva sobre la legalidad del decreto expedido en diciembre.
La decisión se produjo tras estudiar un recurso de reposición interpuesto por un ciudadano, quien alegaba una supuesta extralimitación de funciones por parte del alto tribunal, así como falta de congruencia en la medida adoptada. Sin embargo, estos argumentos fueron desestimados, al considerar que la suspensión cumple con los requisitos legales y constitucionales.
“Este despacho se encontraba legalmente habilitado para ordenar a las entidades demandadas la expedición de un decreto mediante el cual se fijara un porcentaje transitorio de incremento al salario mínimo legal para el año 2026, con efectos provisionales y hasta tanto se profiera sentencia definitiva dentro del proceso”, señala el documento judicial.
En la misma providencia, el Consejo de Estado negó una solicitud de aclaración presentada por otro ciudadano, al considerar que la decisión inicial no presenta ambigüedades.
Cabe recordar que el magistrado Juan Camilo Morales fue quien emitió el fallo que suspendió el decreto y solicitó al Gobierno, liderado por el presidente Gustavo Petro, expedir un nuevo acto administrativo. No obstante, el mandatario decidió mantener el incremento del 23,7 %, lo que mantiene abierto el debate jurídico y económico en el país.

