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Santiago Uribe: las pruebas que sellaron la condena definitiva

La Corte reconstruyó durante décadas un caso marcado por testigos, homicidios y una estructura armada ilegal.

Santiago Uribe: las pruebas que sellaron la condena definitiva

Las claves de la condena contra Santiago Uribe por Los Doce Apóstoles. // Foto: Colprensa - Juan Pablo Gómez.

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Treinta años después de que se conocieran las primeras denuncias sobre la existencia del grupo paramilitar Los Doce Apóstoles, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra Santiago Uribe Vélez. El alto tribunal confirmó la sentencia emitida en noviembre de 2025 por el Tribunal Superior de Antioquia, que lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, dentro de un concurso de conductas consideradas de lesa humanidad.

La decisión ratifica una pena de 340 meses de prisión, equivalentes a 28 años y cuatro meses, además de una multa de 6.500 salarios mínimos y la inhabilidad para ejercer cargos públicos durante dos décadas. Con el fallo ejecutoriado, la Corte dejó claro que “Contra esta decisión no procede recurso alguno”. Lea: Niegan nuevo recurso a Santiago Uribe por caso “Los 12 Apóstoles”

Según la sentencia, Santiago Uribe conformó y dirigió entre 1990 y 1994 la estructura ilegal conocida como Los Doce Apóstoles, que operó en el norte de Antioquia. De acuerdo con los magistrados, la organización funcionó desde la hacienda La Carolina, ubicada en los Llanos de Cuivá, en jurisdicción de Yarumal, y desarrolló una estrategia sistemática de asesinatos contra personas consideradas por el grupo como delincuentes, consumidores o expendedores de drogas y supuestos colaboradores de organizaciones insurgentes.

La Corte concluyó además que la estructura contó con respaldo de particulares y con la colaboración, por acción u omisión, de algunos agentes estatales, principalmente miembros de la Policía.

Corte señala a Santiago Uribe como líder de Los Doce Apóstoles

Uno de los puntos centrales del fallo es la responsabilidad atribuida a Santiago Uribe en el homicidio de Camilo Barrientos Durán, ocurrido el 25 de febrero de 1994.

La Sala determinó que el condenado era “miembro y líder del grupo de los ‘Doce apóstoles’, y que en tal condición tuvo el dominio del hecho sobre el homicidio de Camilo Barrientos”.

Para sustentar esa conclusión, los magistrados valoraron los testimonios de varios declarantes, entre ellos integrantes de la organización y miembros de la fuerza pública que coincidieron en aspectos considerados fundamentales por la Corte. La sentencia destaca que esos testigos “no tenían ningún interés común en sindicar falsamente y perjudicar al acusado”.

Las claves de la condena contra Santiago Uribe, hermano de Álvaro Uribe por Los Doce Apóstoles. // Foto: Colprensa.
Las claves de la condena contra Santiago Uribe, hermano de Álvaro Uribe por Los Doce Apóstoles. // Foto: Colprensa.

De acuerdo con la decisión judicial, el entonces oficial de Policía Juan Carlos Meneses relató que observó en varias ocasiones un documento en el que aparecían nombres de personas señaladas como objetivos del grupo. Según su declaración, en esa lista figuraba Camilo Barrientos desde julio de 1993.

Los jueces concluyeron que existió “un claro acuerdo previo o plan común”, acompañado de una distribución de funciones entre quienes impartían órdenes, quienes ejecutaban los homicidios y quienes facilitaban la operación desde instituciones estatales.

La Corte también sostuvo que la denominada política de limpieza social respondía a intereses económicos de quienes financiaban la organización, pues buscaba eliminar factores que, según esa estructura ilegal, afectaban la actividad productiva y ganadera de la región.

Los testimonios y el debate sobre la prescripción

Durante el proceso, la defensa cuestionó la credibilidad de varios testigos. Sin embargo, la Corte consideró que las pruebas debían analizarse de manera conjunta y no de forma aislada.

Uno de los casos examinados fue el de Eunicio Pineda Luján. Aunque algunos registros médicos señalaban que presentaba episodios en los que “escucha voces del diablo que le ordena matar a otras personas”, una evaluación basada en el Protocolo de Estambul concluyó que padecía un “trastorno de estrés postraumático con síntomas psicóticos” derivado de hechos violentos sufridos durante su cautiverio.

La sentencia también menciona la declaración de alias “Zeus”, quien reconoció haber recibido orientación del abogado Diego Javier Cadena Ramírez para elaborar una comunicación dirigida a la Fiscalía sobre información que realmente no poseía respecto de la investigación contra Santiago Uribe.

Las claves de la condena contra Santiago Uribe por Los Doce Apóstoles. // Foto: Colprensa.
Las claves de la condena contra Santiago Uribe por Los Doce Apóstoles. // Foto: Colprensa.

En cuanto a los argumentos sobre una supuesta motivación política detrás del proceso, los magistrados descartaron esa hipótesis por considerar que carecía de sustento probatorio. Aunque el nombre del expresidente Álvaro Uribe Vélez aparece mencionado en el fallo como hermano del condenado, la decisión judicial no le atribuye responsabilidad penal alguna.

Respecto a la prescripción, la Corte concluyó que los hechos podían ser considerados crímenes de lesa humanidad debido al carácter sistemático de los ataques contra la población civil. No obstante, dos magistrados salvaron parcialmente su voto al considerar que el delito de concierto para delinquir no podía recibir esa calificación y, por tanto, debía entenderse como prescrito.

Con la condena ya en firme, el proceso entra ahora en la etapa de ejecución de la pena, mientras permanecen abiertas otras líneas de investigación relacionadas con los homicidios atribuidos históricamente a Los Doce Apóstoles en el norte de Antioquia.

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