Evite que su declaración de renta sea un dolor de cabeza

Correr a última hora es el peor de los escenarios al momento de cumplir con esta obligación. Le aconsejamos qué hacer para prevenir errores.

TANIA FLÓREZ DECHAMPS

09 de agosto de 2020 12:00 AM

Dejar para última hora la declaración de renta le puede ocasionar desde errores en los valores reportados hasta el incumplimiento en la fecha estipulada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, lo que deviene en sanciones y problemas innecesarios.

Si por su actividad económica e ingresos, sabe que tiene que declarar renta anualmente, organice su agenda para evitar que el proceso sea dispendioso, aunque cuente con un asesor contable para ello, pues en caso de errores es usted quien debe responder ante la autoridad tributaria.

El Universal le recomienda seguir los siguientes consejos:

Esté atento a las condiciones que establecen las autoridades

Revisar las condiciones que la DIAN establece para determinar quiénes deben declarar renta es fundamental, bien sea que anualmente lo haga o que nunca le haya tocado, pues estas cambian año tras año, aunque se mantienen las áreas con las que están relacionadas (ingresos, consumos de tarjetas de crédito, compras, patrimonio).

César Angulo Arrieta, contador público especialista en tributación con más de 25 años de experiencia, señala que “a fin de año se publican las condiciones de cómo van a tributar los contribuyentes lo correspondiente a ese período y las bases tributarias denominadas Unidad de Valor Tributario (UVT), cercanas al Índice de Precios al Consumidor (IPC) , son cambiantes”.

Es por ello que estar atento a las noticias y decretos emitidos por el Gobierno le permitirán estar informado a tiempo, si debe o no declarar.

Guarde los saldos de sus cuentas bancarias y el avalúo catastral

Aunque las entidades bancarias cuentan con plataformas virtuales en las que puede consultar movimientos y mes a mes le envían sus extractos, asegurar los estados de cuentas a de 31 de diciembre del año gravable, facilitará el proceso.

Asegurar el valor de su avalúo catastral y las facturas de las ventas o compras de bienes también serán útiles para que no tenga que correr a buscar estos documentos al momento de diligenciar el formulario de declaración de renta. Esto también aplica para las inversiones como CDT.

La información sobre sus ingresos también debe tenerla a la mano: “Las empresas emiten certificados de retenciones en la fuente, donde se resumen lo que el trabajador se gana anualmente, en caso de ser empleado; si se trata de un trabajador independiente, todas las compañías a las que presta sus servicios entregan certificados de retención en la fuente”, anota Angulo Arrieta, quien es gerente de la firma CAA Contadores.

No omita información

Ya sea adrede o sin intención, porque tal vez lo olvidó, excluir información de renta es una falta grave, que le puede ocasionar millonarias sanciones, lo que alrededor del mundo se conoce como evasión de impuestos.

“Es muy riesgoso tramitar una declaración de renta si el cliente no le entrega la información precisa al contador y se puede incurrir en faltas que asume el contribuyente porque es él quien firma”, comenta Angulo Arrieta.

Para evitar lo anterior, es necesario que lleve un registro de sus propiedades, movimientos bancarios de ingresos o egresos y consultar cuáles de ellos debe incluir en su declaración, si es que tiene dudas o desconoce la ley.

Si no presenta su declaración

Didier Sánchez Reinoso, CEO de Russell Bedford DSA, hace hincapié en el deber de los ciudadanos de cumplir con los impuestos a tiempo y explica qué pasa en caso de no hacer el trámite en las fechas estipuladas.

“La administración de impuestos tiene un plazo hasta de cinco años para persuadir a quien no presente su declaración. Si aun así no lo hace, podrá emplazarlo para que declare, haciendo más gravosa la sanción por presentarla en forma extemporánea. Si a pesar de lo anterior, el contribuyente persiste en el incumplimiento la DIAN puede imponer sanciones onerosas por no declarar, esto es hasta el 20% del valor de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos”, apunta Sánchez Reinoso.

Agrega que la autoridad también puede determinar el impuesto de aquel que no presente su declaración, mediante una liquidación de aforo, es decir, a través de un acto administrativo que indica el impuesto a pagar y las sanciones que deberá asumir el contribuyente.

Requisitos

Para cumplir con su declaración de renta debe tener estos documentos a la mano:

- Actualización del RUT.

- Certificado de ingresos y retención en la fuente.

- Certificados bancarios

- Impuesto predial.

- Activos y pasivos a corte del 31 de diciembre del año gravable.

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