Más de 5 millones de venezolanos han abandonado su país desde que empezó la crisis y las medidas impuestas por el actual régimen. Según datos de la Cancillería de Colombia, más del 30% de esa población está radicada en este país.
En aras de saber quién se encuentra dentro del territorio nacional y crear políticas públicas que permitan la integración de los migrantes y refugiados venezolanos, el Gobierno implementó el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), a través de la Resolución 0971 de 2021.
Se hizo como “un mecanismo jurídico de protección temporal para las personas refugiadas y migrantes venezolanas en Colombia, complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes, con base en la realidad de los movimientos mixtos de población y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica”.
Lo primero que hay que aclarar es que El Estatuto Temporal de Protección tendrá una vigencia de diez años y que, cumplido ese tiempo, si la persona no tramita su visa de residencia, pasará automáticamente a una situación irregular.
Va dirigido a personas venezolanas en situación regular que cuentan con algunos de estos documentos: Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP), Permiso Especial de Permanencia (PEP) y Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEP-FF).
Además, las personas migrantes venezolanas en situación irregular que se encontraban en Colombia antes del 31 de enero de 2021, que puedan demostrar su permanencia en el territorio nacional, también podrán acceder al ETPV y aquellos que se encuentren tramitando su condición de refugiados o la hayan conseguido (es decir, quienes quieran acceder al Salvoconducto SC-2 o ya lo tengan).
El ETPV “busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población más vulnerable, medida que adicionalmente desestimula la migración irregular con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma”, explica un documento informativo expedido por el Gobierno. Le puede interesar: Falta de documentos aún afecta a personas migrantes venezolanas en trabajo y salud.
Beneficios
Los migrantes venezolanos que tramiten el ETPV podrán acceder a los siguientes beneficios:
- Garantía de protección de los derechos fundamentales.
- Protección integral y prevención de vulneraciones de niños, niñas y adolescentes.
- Posibilidad de acumular tiempo de estadía en Colombia para hacer la transición del régimen de protección temporal a un régimen de migración ordinario; es decir, tendrán 10 años para obtener una visa de residente.
- Circular libremente por el territorio colombiano e ingresar y salir del país, sin superar 180 días por fuera.
- Acceso en condiciones de igualdad a la posibilidad de trabajar de forma regular.
- Convalidación de títulos profesionales ante el Ministerio de Educación y tramitar tarjetas profesionales.
- Acceso a servicios como salud, atención a población vulnerable, sistema pensional, educación y sector financiero.
Paso a paso
Los migrantes que deseen acceder al ETPV deberán completar dos etapas: el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) bajo Régimen de Protección Temporal y el Permiso por Protección Temporal (PPT).
1. El RUMV comprende un pre-registro virtual, una caracterización socioeconómica y el registro biométrico. Es un procedimiento en línea y gratuito en el que contestarán una encuesta sobre sus condiciones de vida en territorio colombiano (salud, educación, integración, etc.).
El proceso se lleva a cabo en la página web migracioncolombia.gov.co/visibles y cada usuario podrá registrar hasta cuatro personas de su núcleo familiar.
Si su núcleo familiar tiene más de esa cantidad de personas, debe hacer el registro en dos o tres grupos, según la cantidad de personas de su familia.
Ya con el pre-registro completo debe agendar la cita para el registro biométrico presencial por medio del enlace que encontrará al culminar la encuesta.
2. Una vez completada la primera etapa, dentro de los siguientes 90 días calendario Migración Colombia analizará la solicitud y dará una respuesta en el correo electrónico aportado en el pre-registro virtual. En esa respuesta, Migración Colombia puede negar el PPT, pedir documentos o explicaciones adicionales, o autorizar la expedición del PPT.
Si le autorizan la expedición del PPT, lo tendrá en su correo de forma virtual dentro de los 30 días siguientes.
A los 90 días después de la autorización, el PPT estará disponible en los puntos físicos definidos por Migración Colombia. Y 30 días después de su llegada, se hará la entrega de manera personal y con cita previa. Puede leer: ¿Es migrante y no está afiliado al sistema de salud? Siga este paso a paso.
Recuerde que si ingresó a Colombia por trocha también se puede registrar, si ingresó por un paso irregular antes del 31 de enero de 2021 y puede comprobarlo.
Las personas que entran a Colombia de manera irregular después de esta fecha no son elegibles. Si está en esta situación y tiene necesidades de protección internacional, podrá solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.
