Política


¿Le quedan cuatro días al alcalde Dau para recomponer su gabinete?

El próximo 29 de enero empieza a regir la Ley de Garantías, debido a las elecciones legislativas y presidenciales que se llevarán en Colombia en 2022.

Ayer, mientras caía la tarde en Cartagena, en el ámbito político local se desató una nueva polémica: la posible crisis dentro de la Alcaldía Distrital, por cuenta de dos renuncias de altos funcionarios: Juan David Franco Peñaloza, secretario de Planeación; y Ausberto Coneo, gerente de Espacio Público y Movilidad.

(Lea: Más cambios en el gabinete de Dau: se va el secretario de Planeación)

El alcalde de Cartagena, William Dau, confirmó los rumores, que acompañaron la jornada vespertina, relacionados a diversas renuncias en su gabinete. Aún hay voces que expresan que no eran las únicas, y puede que el efecto dominó de fichas cayéndose siga en los próximos días.

Hoy, la pregunta que en muchos surgió, con el comienzo de la jornada, era si el alcalde podrá reemplazar con nuevos secretarios y funcionarios de alto nivel a los cinco salientes en un mes: David Múnera (Interior), Saia Vergara (IPCC), Mercedes García Escallón (directora de la Cárcel de Mujeres), y los dos anteriormente mencionados, debido a que en cuatro días comienza a regir la Ley de Garantías.

“Lo grave de todo esto no es solo el desgobierno y la crisis, es que solo tiene hasta el 29 de enero para nombrar reemplazos sin meritocracia, pues la Ley de Garantías empieza el 29 de enero. O encarga a alguien por 6 meses. No hay de otra”, fue la precisión que este medio recibió de una fuente, fuera del registro, pero, ¿qué es la Ley de Garantías?

La norma

La Ley de Garantías es una norma que busca garantizar la igualdad de condiciones en procesos electorales, promoviendo el ejercicio transparente de los recursos públicos, por lo que establece restricciones y prohibiciones en la contratación pública. En el anden o debajo del Palo de Caucho: evitar que los gobernantes usen el erario para favorecer una campaña en particular, a través de cargos laborales, contratos o prebendas.

A partir del 29 de enero, se inician las restricciones por los comicios parlamentarios y presidenciales. Así, queda prohibido celebrar contratos directos, salvo las excepciones de ley. Dentro de estas se encuentran las contrataciones para defensa y seguridad, crédito público, emergencias educativas, sanitarias o desastres, reconstrucción de vías e infraestructura, por mencionar algunas.

Por consiguiente, desde esa fecha no se podrán celebrar o renovar, por ejemplo, contratos de prestación de servicios o de apoyo a la gestión. Las restricciones de la Ley de Garantías irán hasta que se elija Presidente de Colombia.

El 29 de mayo 2022 se realizará la primera vuelta de las elecciones presidenciales, y es ahí cuando culminaran las restricciones; sin embargo, si las elecciones deben ir a una segunda vuelta, las restricciones se extenderán hasta el 19 de junio de 2022.

Por ende, ¿tiene cuatro días el alcalde si pretende nombrar los reemplazos en esas cinco plazas?

No es así. De acuerdo con el Consejo de Estado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, por regla general, los alcaldes electos no pueden modificar la nómina de la Alcaldía en la época preelectoral. Sin embargo, podrá hacerlo, excepcionalmente, en el caso de la aplicación de las normas de carrera administrativa y de la provisión de cargos por faltas definitivas tales como renuncia, licencia, muerte, expiración del periodo, o cualquier otra causa legal que genere la vacancia definitiva del cargo, siempre y cuando resulte indispensable para el cabal funcionamiento de la administración, es decir, para que no se vean afectados o menoscabados los intereses públicos.

El abogado Carlos Pareja Emiliani explica que, según un concepto de la Función Pública, el alcalde lo que no puede es crear cargos o solicitar renuncias o declarar insubsistencias cuando la Ley de Garantías comience. “Pero si hay una renuncia definitiva, como al parecer está ocurriendo, es posible que el alcalde nombre en ese tiempo los reemplazos.

“La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa”, se reseña en el inciso final del parágrafo del artículo 38 de la Ley de Garantías.

Por lo tanto, el alcalde Dau no tiene el 29 de enero como fecha límite para reemplazar los funcionarios salientes, figura jurídica que confirmaron otros abogados especialistas en derecho administrativo y en derecho público, consultados por este medio.

La preocupación de los gremios

Juan Camilo Oliveros Calderón, director ejecutivo del Consejo Gremial de Bolívar, expuso que desde el sector privado, más allá de las renuncias, les preocupa la continuidad de los procesos. “Con Planeación se llevaba un proceso adelantado de diseño y discusión del Plan de Ordenamiento Territorial de Cartagena (POT), a pesar de ciertas inquietudes que hemos tenido sobre la construcción del proceso, con el secretario Franco y su equipo el diálogo estaba fluyendo. Eso le daba tranquilidad a los gremios para seguir ese tema a abordarse en los próximos meses”.

Y agregó: “Lo importante y lo que queda esperar es que no se vean truncados los procesos, ya que toda renuncia o alteración implicará una reconfiguración de actividades y liderazgos en la secretaría correspondiente, en este caso, Planeación. Por lo tanto, nos preocupa. Cartagena necesita requiere tener reglas de juego fuertes y consistentes en materia de crecimiento urbano y planeación urbanística, por lo que el POT es ese instrumento necesario, importantísimo para tener esa ruta. El proceso venía bien aterrizado de manera adecuada en los últimos espacios de diagnostico y formulación, y ahora inquieta el futuro”.

(Lea: Consejo gremial pide a candidatos ser más propositivos frente a temas relevantes)

¿Cálculos políticos y electorales?

Para muchas voces en la ciudad y de cara a las próximas elecciones de Congreso, William Dau está atento de cómo seguir fortaleciendo su movimiento y legado político. David Múnera le indicó a este medio que uno de los motivos de su renuncia es un tema electoral. “Se vienen elecciones legislativas y quiero tener la libertad de acompañar procesos electorales de amigos. Aspiraciones a un cargo público ahora mismo no tengo, pero sí quiero acompañar el proceso electoral de varios amigos, ya que el país se enfrenta a unas elecciones muy importantes”, expresó.

Así las cosas, muchos interpretaron esas palabras como una jugada de ajedrez político. Ese general enviado al campo para reforzar la motivación de los soldados. Un peso fuerte de la política electoral con el tiempo de realinear el caudal electoral que llevó a Dau al Palacio de la Aduana, y el que muchos consideran se ha perdido o se ha fisurado por el desgaste gubernamental.

Pero, la de Múnera, político curtido, sería una renuncia excepcional de las cinco habidas en menos de un mes, ya que los otros cuatro funcionarios no se mueven en la arena, y dos son bogotanos (Juan Franco y Saia Vergara). Por lo tanto, la tesis de cálculo político pierde revuelo.

Neil Fortich, abogado magíster en derecho público, considera que: “la administración Dau se ha caracterizado por realizar cambios permanentes de sus altos funcionarios, hecho que no permite leer claramente si los mismos obedecen a la dinámica implementada en el ente territorial, o si por el contrario, son productos de una profunda crisis”, por lo que el llamado mediático, gremial, académico y de gran parte de la ciudad es a la claridad distrital frente a la continuidad de procesos y soluciones para Cartagena, mermando la reyerta y la controversia.

Reciba noticias de El Universal desde Google News

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS