Cuando la invasión de un espacio público se presenta mediante construcciones u estructuras incrustadas en el suelo, las Inspecciones de Policía son las entidades competentes para restituirlo. Así lo establece el artículo 206 del Código Nacional de Policía. Lea aquí: Top 5: Puntos críticos en el espacio público de Cartagena
Esta restitución se hace con un proceso policivo abreviado que se inicia a través de una querella. Es por esto que, en aras de recuperar espacios públicos indebidamente ocupados en Cartagena, la Gerencia de Espacio Público y Movilidad (GEPM) ha presentado más de 25 querellas a las inspecciones de Policía de las distintas Unidades Comuneras de Gobierno (UCG).
Conozca el número de querellas de restitución de espacios públicos presentadas por la GEPM en cada UCG y qué inspector está al frente del proceso.
UCG 1A - Inspector César Charry (1).
UCG 1B - Inspectora Mónica Herazo (4).
UCG 2 - Inspector Renzo Orozco (5).
UCG 4 - Inspector Jorge Ramírez Ojeda (1).
UCG 6B - Inspectora Heizel Ortega Leal (1).
UCG 8 - Inspectora Marina Cabrera (2).
UCG 9 - Inspector José Arellano (1).
UCG 9B - Inspectora Ana Isabel Pedraza (1).
UCG 10 - Inspectora Lilibeth Barrios (4).
UCG 13 Inspectora Paola Serna Tobías (4).
UCG 14 - Inspectora Marina Villamil (1).
UCG 15 - Inspectora Yomaira Robles (1).
Restituidos
Hasta la fecha, como resultado del proceso de las querellas interpuestas se ha logrado restituir la acera del parque de La Marina en el Centro Histórico, correspondiente a la UCG 1B; y el andén peatonal en el barrio El Bosque, en la UCG 10.
- Vehículos mal parqueados: Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT). (Manual de Funciones del Distrito de Cartagena 0304 de 2003).
- Ocupaciones inmóviles en zonas de bajamar o playas: Alcaldías Locales. (Decreto 204 de 2017 art. 6).
- Ocupaciones móviles con vendedores: Policía Nacional. (Ley 1801 de 2016 Art. 209 literal B).
- Ocupaciones inmóviles con vendedores o particulares: inspectores de Policía. (Ley 1801 de 2016 Art. 206, literal B y E).
