Por supuestas irregularidades en la selección y en el cumplimiento de los requisitos técnicos que exigía el cargo, el Consejo de Estado tumbó el decreto con el cual fue designada Cielo Rusinque como superintendente de Industria y Comercio.
El alto tribunal señaló que Cielo Rusinque no cumple con los requisitos exigidos para el cargo, al no contar con un título de posgrado en áreas relacionadas, como lo establece el Decreto 1083 de 2015. Aunque la funcionaria argumentó tener estudios en el exterior y una maestría en Ciencia Política obtenida en Francia, estos no fueron considerados pertinentes para el cargo.
En el caso del título obtenido en el exterior no estaba demostrado que equivaliera a un título de posgrado y el máster en Ciencia Política, si bien era un título de posgrado, no tenía afinidad con las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, indicó el Consejo de Estado.

El Consejo de Estado también señaló que no pudo validar como “experiencia relacionada” la labor desempeñada por Rusinque como docente investigadora en la Universidad Externado de Colombia, por cincuenta y dos (52) meses y dieciséis (16) días, en los periodos comprendidos entre el 1° de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2017, pues no se acreditaron las labores de investigación que adelantó durante ese lapso.
Así las cosas, el alto tribunal precisó que, aún siendo un empleo de libre nombramiento y remoción, los requisitos que se exigen para un cargo deben cumplirse de manera estricta.
Cielo Rusinque se defendió tras decisión del Consejo de Estado
Cielo Rusinque cuestionó la decisión del Consejo de Estado que ordenó su salida del cargo y aseguró que el fallo tiene fallas en su análisis. “Tan débil fue el análisis del Consejo de Estado que el magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil decidió salvar su voto… nunca se logró desvirtuar la legalidad del acto administrativo de mi nombramiento”, afirmó.
La funcionaria defendió la validez de su formación académica y criticó que su maestría en Ciencias Políticas y Sociales en Francia no fuera considerada pertinente. “Considerar que una maestría… carece de relación con las funciones de la Superintendencia…”, dijo, al tiempo que señaló que el tribunal ignoró certificaciones de la Universidad París II y aplicó exigencias que, según ella, no están contempladas en la normativa vigente.

Además, Rusinque sostuvo que también se desconoció su experiencia profesional y académica como docente investigadora, pese a que contaba con años suficientes para cumplir los requisitos del cargo.
“Con ello, se excluye sin fundamento una trayectoria profesional amplia, cualificada y plenamente pertinente para el ejercicio del cargo. Aun así, privándome de más de cuatro años de experiencia, que hubieran sido suficientes para acreditar el requisito exigido, me fueron reconocidos ocho años y seis meses de ejercicio de la profesión relacionados con el cargo”, dijo.
Finalmente, advirtió que, más allá del aspecto jurídico, la decisión podría interpretarse como una actuación con motivaciones políticas en contra de sectores progresistas.
Cabe señalar que, a comienzos de marzo de 2026, el presidente de Gustavo Petro expidió un decreto que flexibiliza los requisitos para ocupar ese cargo.
Con esta medida, que se dio antes del fallo del Consejo de Estado, se abre la posibilidad de que pueda volver a nombrarla una vez la decisión quede en firme.

