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Columna

¿Qué hace el Consejo Nacional Electoral?

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Si hay una figura definitivamente importante en todo este cuento proselitista es el distinguido Consejo Nacional Electoral. De hecho, se autodenominan magistrados, aunque no pertenecen a la rama judicial del Estado ni la Constitución les da esta categoría (art 265). Se trata de un cuerpo colegiado cuya elección es bastante política, toda vez que la postulación se hace por los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, según dice nuestra Constitución, y son elegidos por el Congreso para periodos de cuatro años. Es decir, son nueve personas que vienen del mundo político a decidir cosas de fondo del mundo electoral, cosas que no son sinónimas, lo político con lo electoral, quiero decir.

Ahora bien, por cosas de fondo se debe entender la posibilidad de ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral o la de elegir y remover al registrador nacional del estado civil (sobre quien hablaremos en otra ocasión); o la función de ser custodios únicos de las normas sobre los partidos y movimientos políticos y de las disposiciones sobre publicidad, incluso sobre temas relacionados con encuestas de opinión política; pontifican sobre los derechos de la oposición y de las minorías; y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Para que se entienda con mayor claridad -pretensión principal de esta saga de columnas-, esta entidad que no está compuesta por jueces de la República, pero que igual, según las enormes facultades legales conferidas, puede, como en efecto lo ha hecho, revocar la inscripción de candidatos a los escaños disputados por elección popular, siempre que se trate de causas constitucionales o legales, o inhabilidades sobrevinientes evidenciadas con posterioridad a la inscripción. Basta mirar la revocatoria de la candidatura de Rodolfo Hernández para gobernador del Santander.

Y es que si no queda claro el mensaje, la ley que regula los procesos electorales, la doble militancia (de moda en estos días en la Heroica), los topes de financiación, la publicidad, se remiten inevitablemente al Consejo Nacional Electoral. Sin dejar de lado que controlan los escrutinios, o sea, donde realmente se definen las elecciones, según aseguran los entendidos en el tema.

Es importante y necesario que los ciudadanos sepan que este proceso electoral tiene varios filtros, además de un exhaustivo proceso de validación, que viene liderado por este peculiar organismo en rango constitucional; es decir, que los aspirantes o candidatos no solo deben sortear los ataques de los demás competidores, ni de su pasado, sino que deben pasar el duro escrutinio de esta importante autoridad electoral. Eso, sin contar que la prueba de fuego estará servida el día de las elecciones.

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