¿Vulneración de la autonomía territorial para definir usos del suelo? ¿Limitación al derecho de propiedad? ¿Declaratorias express de suelos de protección? Muchas preguntas ha dejado el Gobierno Nacional con la creación de las Zona de Protección para la Producción de Alimentos (ZPPA) y con las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA). Las primeras, sirven como primer paso para delimitar las áreas que por su “potencial para proteger la soberanía alimentaria” pueden eventualmente convertirse en APPA, y las segundas, son determinantes del ordenamiento territorial, equiparables a declaratorias de suelos de protección, limitantes de la propiedad, que servirían para “proteger” el derecho humano a la alimentación.
Bajo criterios ambiguos como los de “potencial agropecuario”, “presencia de Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria” y “soberanía alimentaria”, ya se han delimitado como ZPPA más de 300 mil hectáreas en más de 40 municipios entre los departamentos de Antioquia, Tolima y Cundinamarca, así como también se han declarado como APPA más de siete municipios en el Departamento de la Guajira; todo lo anterior vía resolución del Ministerio de Agricultura, sin muchos de los requisitos que conlleva declarar suelos de protección.
Su génesis empieza con la expedición de la Ley 2294 de 2023 -Plan Nacional de Desarrollo-, posteriormente y promovido por el Gobierno, el Congreso aprobó el Acto Legislativo 01 de 2023 modificando el artículo 64 Constitucional, que declara a los campesinos como sujetos de derecho y de especial protección, así como el deber del Estado de promover el acceso progresivo de estos a la propiedad de la tierra, complementando el artículo 65 constitucional que declara la producción de alimentos como de especial protección.
Pero, ¿es necesario limitar tanto suelo de esta manera para la alimentación? Entre sus efectos están, por ejemplo, que al revisar los POT se deberá reconocer las APPA como una suerte de suelo protección o de conservación ambiental, así como también, la limitación del derecho de propiedad evitando futuros desarrollos urbanísticos y la afectación de las distintas vocaciones que tenga el suelo, en detrimento de la productividad y de la economía.
El gobernador de Antioquia anunció que demandará la decisión junto con 16 alcaldes del departamento, y manifestó que “esta resolución se pasa por la galleta a la Constitución. En la Gobernación la demandaremos. Bloquean el progreso y desarrollo de una subregión cafetera, trabajadora, con vocación exportadora, minera, turística, muy atractiva para la inversión y esencial para el empleo y la productividad.”. Asimismo, la Asociación de Profesionales del Sector Minero de Colombia (APMC) explico que esta figura carece de criterios suficientes para establecer cuáles son las actividades productivas que se deben priorizar para beneficiar la economía y a las comunidades.
