La reiterada parálisis del Corredor de Carga, denunciada recientemente por la Federación Colombiana de Agentes Logísticos en Comercio Internacional (Fitac), vuelve a poner en evidencia el devastador impacto de las vías de hecho sobre la movilidad, la seguridad y el comercio exterior. Como bien lo señaló el alcalde Dumek Turbay al respaldar la inquietud del sector productivo, durante años se construyó un marco permisivo donde el reclamo de unos pocos terminó imponiéndose arbitrariamente sobre los derechos fundamentales de toda una comunidad y sobre el aparato productivo del país.
Frente a esta distorsión, la reciente providencia del Consejo de Estado, que responsabilizó civilmente y condenó solidariamente a una corporación comunal y a su representante por los bloqueos e invasiones a una estación petrolera en el Meta, llega como un soplo de sensatez jurídica para restablecer el orden institucional. El fallo rescata el sentido original de la movilización ciudadana y le impone un freno definitivo a la práctica de utilizar el desorden como mecanismo de chantaje o patente de corso para paralizar las economías locales y nacionales.
La alta corte despeja cualquier ambigüedad conceptual: el Artículo 37 de la Carta Política ampara exclusivamente la protesta pública y pacífica.
Cuando una manifestación recurre a la fuerza, al bloqueo sistemático de vías estratégicas o a la suspensión de operaciones productivas, pierde de manera inmediata su cobertura constitucional y se convierte en una conducta antijurídica imputable. Con esta decisión, el Consejo de Estado complementa la jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, añadiendo una dimensión resarcitoria crucial: quien promueva o ejecute daños al patrimonio público o privado bajo el pretexto de la protesta, deberá repararlos de su propio pecunio.
Reconocer que la parálisis operativa y la interrupción del comercio generan un perjuicio económico cierto y cuantificable envía un mensaje contundente a los promotores de la anarquía. Ni Cartagena ni Colombia pueden seguir aceptando que los corredores viales y logísticos sean tomados como rehenes en negociaciones sectoriales. La responsabilidad civil de los dirigentes y organizaciones que recurren a las vías de hecho devuelve la proporcionalidad a las reclamaciones sociales.
Celebrar esta línea jurisprudencial no busca criminalizar la movilización ciudadana; por el contrario, la blinda de quienes distorsionan su propósito. Al trazar una frontera clara entre el manifestante pacífico y el saboteador, la justicia defiende a la ciudadanía respetuosa de la ley y otorga garantías de seguridad jurídica a la actividad empresarial.
Protestar es un derecho respetable en democracia, pero no puede seguir confundiéndose con una licencia para la parálisis y la destrucción del desarrollo colectivo.
