Este miércoles 5 de abril comienzan a regir las medidas temporales de movilidad para la Semana Santa, adoptadas por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) mediante el decreto 0460 de 2023. Las mismas se extenderán hasta el domingo 9 de abril. Lea aquí: Procuraduría pide protección para los turistas en Cartagena
Las medidas son:
• Se prohíbe la circulación de todo tipo de vehículo automotor en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, desde las 4:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.
• Se exceptúan los siguientes corredores:
- Avenida Blas de Lezo
- Camellón de los Mártires
- Calle del Arsenal
- Calle Larga
- Calle de la Media Luna
- Avenida Daniel Lemaitre
- Avenida del Centenario
- Avenida del Pedregal
- Carrera 10B, entre calle 24 (Calle Larga) y calle 25 ( Calle del Arsenal)
- Carrera 10, calle San Antonio y de la Sierpe
- Carrera 10C (Calle Maravillas y Calle de Las Tortugas)
- Calle 34 hasta calle 32A (Plazoleta Telecom)
- Carrera 10, Plazoleta del Joe Arroyo
- Carrera 9A, Calle Panamá
• Se restringe la circulación de vehículos tipo buses intermunicipales e interdepartamentales, por las vías de los barrios Bocagrande, Castillogrande y El Laguito, las 24 horas. Le recomendamos: Así operará Transcaribe en Semana Santa
• Se prohíbe la permanencia y parqueo de vehículos tipo buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental sobre las vías públicas de los barrios Bocagrande, Castillogrande y El Laguito, las 24 horas del día.
• Se prohíbe el ingreso de vehículos tipo buses de servicio intermunicipal e interdepartamental, a la zona insular de Barú, las 24 horas del día, con excepción de los vehículos de propiedad de los hoteles, y sitios de alojamiento en el sector.
