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Cartagena

Las calles del Centro Histórico que serán solo para peatones en Semana Santa

La medida regirá todos los días durante la Semana Santa, en el horario comprendido entre las 4 p. m. y las 6 a. m. del día siguiente. Estos son los detalles.

Las calles del Centro Histórico que serán solo para peatones en Semana Santa

Una calle del Centro Histórico. // Foto: Óscar Díaz - El Universal

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La Alcaldía de Cartagena dio a conocer el plan para garantizar la seguridad y la movilidad en la ciudad durante la Semana Santa, el cual quedó establecido en los Decretos 0097 y 0098 del 27 de marzo de 2026.

De acuerdo con lo informado, entre el 27 de marzo y el 5 de abril de 2026, se restringirá la circulación de todo tipo de vehículos, incluyendo motocicletas, cuatrimotos y motocarros, en el Centro Histórico. La medida aplicará diariamente entre las 4 p. m. y las 6 a. m. del día siguiente.

Además, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (Datt) realizará controles a los buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental que ingresen desde otros municipios, especialmente en sectores como Bocagrande, Castillogrande, El Laguito, Centro, San Diego, Getsemaní, Marbella, El Cabrero, Crespo y La Boquilla, con el fin de evitar congestiones y mejorar la movilidad durante esta temporada. Le puede interesar: Semana Santa: todo sobre las restricciones vehiculares en Cartagena

Las calles del Centro Histórico que serán peatonalizadas durante Semana Santa

El Distrito señaló que mientras se aplique esta medida, se prohíbe el parqueo de vehículos en playas, zonas de bajamar, zonas verdes y demás espacios públicos destinados al uso peatonal o recreativo.

Calles a peatonalizar

San Diego
  • Calle Cochera del Hobo
  • Calle Stuar
  • Calle de la Tablada
  • Calle del Quero
  • Calle de los puntales
  • Calle de la Bomba
  • Cra 8 entre calle 37 y 38
Centro
  • Calle Antonio Ricaurte
  • Calle de Santa Teresa
  • Calles Santo Domingo (3)
  • Calle Nta señora del Landrinal
  • Calle de los santos de Piedra
  • Calle de la Iglesia
  • Calle Nta Señora del Rosario
  • Calle Cochera del Gobernador
  • Calle del Arzobispado
  • Calle Estanco del Tabaco
  • Calle Cabal
  • Calle del Candilejo
  • Calle del Colegio
  • Callejón de los Estribos
  • Calle de Avos
  • Calle del Coliseo
  • Calle Román y Picón
  • Calle Portocarrero
  • Calle Baloco
  • Calle de la Inquisición
  • Calle Vélez Danies
Getsemaní
  • Calle Tripita y Media
  • Calle San Andrés
  • Calle del Guerrero
  • Calle Del Pozo
  • Calle del Carretero
  • Callejón Ancho
  • Callejón Angosto
  • Calle de las Chancletas
  • Calle San Juan
Carros parqueados en el Centro Histórico de Cartagena. // Foto: archivo El Universal
Carros parqueados en el Centro Histórico de Cartagena. // Foto: archivo El Universal

Vehículos exceptuados de la restricción

El decreto contempla excepciones específicas para garantizar servicios esenciales y actividades prioritarias. Podrán circular:

  • Vehículos de emergencia: ambulancias, bomberos, organismos de socorro y atención de desastres.
  • Vehículos de seguridad nacional y esquemas oficiales (Fuerzas Militares, Policía, Fiscalía, INPEC y CTI).
  • Caravanas presidenciales y esquemas de seguridad del Presidente, Vicepresidente, Alcaldía y Gobernación.
  • Vehículos de servicios públicos (energía, agua, telecomunicaciones).
  • Vehículos fúnebres y de transporte de valores.
  • Transporte de personas con movilidad reducida o discapacidad debidamente acreditada.
  • Vehículos de lavanderías en labores operativas.
  • Vehículos de residentes con parqueadero privado, exclusivamente para ingreso o salida del mismo, con acreditación.

En todos los casos, los conductores deberán presentar documentación que respalde la excepción ante las autoridades.

Condiciones de circulación dentro del Centro Histórico durante Semana Santa

Los vehículos autorizados deberán cumplir límites de velocidad estrictos:

  • Máximo 30 km/h para vehículos motorizados.
  • Máximo 10 km/h para vehículos no motorizados.

El ingreso de taxis y transporte especial estará permitido únicamente para recoger o dejar pasajeros dentro de las zonas restringidas.

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